A/HRC/RES/46/16 Naciones Unidas Asamblea General Distr. general 31 de marzo de 2021 Español Original: inglés Consejo de Derechos Humanos 46º período de sesiones 22 de febrero a 24 de marzo de 2021 Tema 3 de la agenda Promoción y protección de todos los derechos humanos, civiles, políticos, económicos, sociales y culturales, incluido el derecho al desarrollo Resolución aprobada por el Consejo de Derechos Humanos el 23 de marzo de 2021 46/16. Mandato del Relator Especial sobre el derecho a la privacidad El Consejo de Derechos Humanos, Guiado por los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas, Reafirmando los derechos humanos y las libertades fundamentales consagrados en la Declaración Universal de Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, la Convención sobre los Derechos del Niño y la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, Recordando todas las resoluciones anteriores aprobadas por la Asamblea General y el Consejo de Derechos Humanos relativas al derecho a la privacidad en la era digital, y otras resoluciones pertinentes, incluidas las relativas a la promoción, protección y disfrute de los derechos humanos en Internet y a las tecnologías digitales nuevas y emergentes y los derechos humanos, Recordando también que las empresas tienen la responsabilidad de respetar los derechos humanos establecidos en los Principios Rectores sobre las Empresas y los Derechos Humanos: Puesta en Práctica del Marco de las Naciones Unidas para “Proteger, Respetar y Remediar”, y que la obligación y la responsabilidad primordial de promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales incumben al Estado, Acogiendo con beneplácito la labor de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos sobre el derecho a la privacidad en la era digital, y recordando con reconocimiento sus informes al respecto 1 y el informe del Alto Comisionado sobre el impacto de las nuevas tecnologías en la promoción y protección de los derechos humanos en el contexto de las reuniones, incluidas las protestas pacíficas2, Reconociendo la creciente repercusión que las tecnologías nuevas y emergentes, como las surgidas en el ámbito de la vigilancia, la inteligencia artificial, la adopción automatizada de decisiones y el aprendizaje automático, así como la elaboración de perfiles, el rastreo y la 1 2 A/HRC/27/37 y A/HRC/39/29. A/HRC/44/24. GE.21-04301 (S) 010421 060421

Seleccionar párrafo de destino3