A/RES/52/137
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Recordando también la resolución 1992/58 de la Comisión de Derechos Humanos, de 3 de marzo
de 19923, en que la Comisión, entre otras cosas, decidió nombrar un relator especial con objeto de que
entablase contacto directo con el Gobierno y el pueblo de Myanmar, incluidos los dirigentes políticos
privados de libertad, sus familias y sus abogados, a fin de examinar la situación de los derechos humanos
en Myanmar y de observar si se avanzaba hacia la transferencia del poder a un gobierno civil, la redacción
de una nueva constitución, el levantamiento de las restricciones impuestas a las libertades personales y el
restablecimiento de los derechos humanos en Myanmar,
Tomando nota de la resolución 1997/64 de la Comisión de Derechos Humanos, de 16 de abril
de 19974, en que la Comisión decidió prorrogar por un año el mandato del Relator Especial sobre la
situación de los derechos humanos en Myanmar,
Observando con preocupación que el Gobierno de Myanmar todavía no ha dado su consentimiento
a la visita del Relator Especial,
Profundamente preocupada porque el Gobierno de Myanmar todavía no ha cumplido su compromiso
de tomar todas las medidas necesarias para instaurar la democracia, a la luz de los resultados de las
elecciones celebradas en 1990,
Profundamente preocupada también por las restricciones a la libertad de viaje y otras restricciones
impuestas a Aung San Suu Kyi y a otros dirigentes políticos y por las detenciones y el hostigamiento
continuos de miembros y partidarios de la Liga Democrática Nacional, sindicalistas y estudiantes que
ejercían pacíficamente su derecho a la libertad de expresión, reunión y asociación, y alarmada por las
dimisiones forzosas de representantes elegidos y por el cierre prolongado de todas las universidades y
escuelas superiores que siguió a las manifestaciones estudiantiles de diciembre de 1996,
Recordando el retiro y la subsiguiente exclusión de la Convención Nacional a finales de 1995 de
miembros de la Liga Democrática Nacional,
Celebrando que existan contactos entre el Gobierno de Myanmar y los partidos políticos, en particular
la Liga Democrática Nacional, pero deplorando que el Gobierno de Myanmar no haya entablado un
diálogo político sustantivo con Aung San Suu Kyi y otros dirigentes políticos, incluidos representantes de
grupos étnicos,
Profundamente preocupada por la persistencia de las violaciones de los derechos humanos en
Myanmar, según informa el Relator Especial, en particular las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o
arbitrarias, la muerte de civiles, la tortura, los arrestos y detenciones arbitrarias, la muerte de personas
detenidas, la falta de garantías procesales, incluidos los juicios secretos a detenidos sin representación
jurídica adecuada, las restricciones graves impuestas a las libertades de opinión, expresión, reunión y
asociación, las violaciones de la libertad de movimiento, los traslados forzosos, los trabajos forzosos de
niños y adultos, incluso como cargadores para el ejército, los abusos contra mujeres y niños perpetrados
3
Véase Documentos Oficiales del Consejo Económico y Social, 1992, Suplemento No. 2 (E/1992/22),
cap. II, secc. A.
4
Ibíd., 1997, Suplemento No. 3 (E/1997/23), cap. II, secc. A.
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