Aplicación de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su Protocolo Facultativo: accesibilidad (2020), para. 38
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Insta a los Estados a que adopten medidas para eliminar las formas múltiples e interseccionales de discriminación contra las mujeres y las niñas con discapacidad mediante la derogación de las leyes, políticas y prácticas discriminatorias, a que adopten todas las medidas efectivas para eliminar cualquier otra barrera que encuentren las mujeres y las niñas con discapacidad al acceder al entorno físico, social, económico y cultural, al transporte, a la salud y la educación, a la información y las comunicaciones, incluidos los sistemas y las tecnologías de la información y las comunicaciones, y a otros servicios e instalaciones abiertos al público o de uso público, y a que garanticen el goce pleno y en condiciones de igualdad de todos los derechos consagrados en la Convención;