Acción preventiva y lucha contra las prácticas corruptas y la transferencia de activos de origen ilícito y repatriación de esos activos, en particular a los países de origen, en consonancia con la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción (2010), para. 07
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Reconociendo que, pese a los importantes avances logrados en la aplicación del capítulo V de la Convención, los Estados partes siguen encontrando problemas para recuperar los activos debido, entre otras cosas, a las diferencias de los ordenamientos jurídicos, la complejidad de las investigaciones y los procesamientos plurijurisdiccionales, el desconocimiento de los procedimientos de asistencia judicial recíproca de otros Estados y las dificultades para seguir el rastro del producto de la corrupción, y observando los problemas particulares que plantea la recuperación del producto de la corrupción cuando están implicadas personas que desempeñan, o han desempeñado, funciones públicas prominentes y sus familiares o estrechos colaboradores,