Administración de justicia en las Naciones Unidas
A/RES/74/258
11. Alienta al Secretario General a que, en su calidad de Presidente de la Junta
de los Jefes Ejecutivos del Sistema de las Naciones Unidas para la Coordinación,
promueva la protección contra las represalias en todo el sistema;
12. Subraya la autoridad inherente y explícita de la autoridad del Tribunal
Contencioso-Administrativo y el Tribunal de Apelaciones para dictar órdenes de
protección con arreglo a sus estatutos, reglamento y código de conducta, a fin de
proteger a los demandantes y los testigos contra las repr esalias, y destaca la
importancia de que tales órdenes se apliquen plenamente, y solicita al Secretario
General que le presente un informe sobre su aplicación;
II
Sistema informal
13. Reconoce que el sistema informal de administración de justicia es una
opción eficiente y eficaz tanto para el personal que procura obtener reparación como
para la participación de los administradores;
14. Reafirma que la solución informal de controversias es un elemento
decisivo del sistema de administración de justicia, pone de relieve que debe hacerse
todo el uso posible del sistema informal a fin de evitar litigios innecesarios, sin
perjuicio del derecho básico de los funcionarios de acceder al sistema formal, y
alienta a que se recurra a la solución informal de contr oversias;
15. Reafirma también la importancia del proceso informal de solución de
controversias en la Organización, lo que constituye un método eficaz para la solución
de controversias en comparación con el proceso formal, y solicita al Secretario
General que en su próximo informe incluya recomendaciones para subsanar la actual
falta de servicios al personal sobre el terreno;
16. Observa los esfuerzos de los Servicios de Mediación de la Oficina del
Ombudsman y de Servicios de Mediación de las Naciones U nidas para asegurar que
se disponga de procesos de mediación oportunos y de alta calidad para hacer frente a
las diversas necesidades de la Organización, entre otras cosas mediante la campaña
de civilidad, y solicita al Secretario General que siga proporci onando información
detallada sobre las actividades de mediación de la Oficina, incluidas las medidas para
aumentar la utilización de esos servicios;
17. Acoge con beneplácito el análisis de las causas fundamentales de las
controversias que figura en el informe del Secretario General sobre las actividades de
la Oficina del Ombudsman y de Servicios de Mediación de las Naciones Unidas,
destaca la importancia de mejorar el desempeño de la administración y la
comunicación con el personal, insta al Secretario General a que siga abordando la
información directa y las cuestiones sistémicas señaladas en el informe a fin de
mitigar y prevenir las controversias relacionadas con el trabajo, en particular
mejorando las políticas y los procedimientos de la Organización, y le solicita que, en
el contexto de su próximo informe, proporcione información sobre los progresos
derivados de las medidas adoptadas;
18. Observa la necesidad de que la Organización elabore y emplee un enfoque
administrativo integral, que comprenda la formación sobre gestión para hacer frente
a las controversias, además de esfuerzos para identificar y abordar el comportamiento
inadecuado que afecta al personal aun cuando no suponga una falta de conducta, y
solicita al Secretario General que en el contexto de su próximo informe proporcione
información actualizada sobre las medidas adoptadas;
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