A/RES/51/149 Página 2 relativo a las repercusiones de los conflictos armados sobre los niños3 elaborado por la experta nombrada por el Secretario General, Profundamente alarmada por el hecho de que el número de minas que se siembran cada año, unido a la presencia de un gran número de minas y otros artefactos explosivos sin detonar como resultado de los conflictos armados, supera exponencialmente el número de minas que pueden retirarse durante ese plazo, y convencida por ello de la necesidad y la urgencia de que la comunidad internacional intensifique considerablemente sus actividades de remoción de minas, Tomando nota de las decisiones adoptadas recientemente en la Conferencia de los Estados Partes encargada del examen de la Convención sobre prohibiciones o restricciones del empleo de ciertas armas convencionales que puedan considerarse excesivamente nocivas o de efectos indiscriminados4, en particular con respecto al Protocolo II de la Convención y a la inclusión en el Protocolo Enmendado5 de varias disposiciones de importancia para las operaciones de remoción de minas, especialmente el requisito de la detectabilidad, Tomando nota también de la aprobación el 5 de octubre de 1996, en la Conferencia de Estrategia Internacional de Ottawa "Hacia una prohibición mundial de las minas antipersonal", de la Declaración de Ottawa6, en virtud de la cual los participantes contrajeron un compromiso en favor de la concertación a la mayor brevedad posible de un acuerdo internacional jurídicamente vinculante para prohibir las minas antipersonal, y en la que, entre otras cosas, se reconoce que la comunidad internacional debe proporcionar recursos mucho mayores para los programas de información sobre el peligro de las minas, las operaciones de remoción de minas y la asistencia a las víctimas y se hace hincapié en la necesidad de convencer a los Estados afectados por las minas de que pongan fin a las nuevas siembras de minas antipersonal a fin de asegurar la eficacia y la eficiencia de las operaciones de remoción de minas, y teniendo presente el ofrecimiento hecho por el Gobierno de Bélgica de acoger una conferencia de seguimiento en Bruselas en junio de 1997, Acogiendo con beneplácito el ofrecimiento hecho por el Gobierno del Japón de acoger en Tokio en marzo de 1997 una conferencia sobre minas terrestres antipersonal a fin de reforzar el apoyo internacional a la labor de las Naciones Unidas de remoción de minas, el desarrollo de nuevas tecnologías de detección y remoción de minas terrestres y la rehabilitación de las víctimas de las minas terrestres, Subrayando la importancia de registrar la ubicación de las minas, de custodiar esos registros y de ponerlos a disposición de las partes interesadas cuando cesen las hostilidades y acogiendo con agrado el reforzamiento de las disposiciones del derecho internacional a ese respecto, 3 A/51/306 y Add.1. 4 CCW/CONF.I/16 (Parte I). 5 Ibíd., anexo B. 6 A/C.1/51/10, anexo I. /...

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