A/RES/67/139
Naciones Unidas
Distr. general
13 de febrero de 2013
Asamblea General
Sexagésimo séptimo período de sesiones
Temas 27 b) y c) del programa
Resolución aprobada por la Asamblea General el 20 de diciembre de 2012
[sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/67/449 y Corr.1)]
67/139. Hacia un instrumento jurídico internacional amplio
e integral para promover y proteger los derechos
y la dignidad de las personas de edad
La Asamblea General,
Reafirmando los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas y
las obligaciones consignadas en los instrumentos pertinentes de derechos humanos,
Reafirmando también que la Declaración Universal de Derechos Humanos 1
proclama que todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y
derechos, y que toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en la
misma, sin distinción alguna de edad, raza, color, sexo, idioma, religión, opinión
política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica,
nacimiento o cualquier otra condición,
Recordando todas las resoluciones de la Asamblea General sobre cuestiones
relativas a las personas de edad, incluidas las mujeres de edad, empezando por su
resolución 2542 (XXIV), de 11 de diciembre de 1969, y recordando también todas
las resoluciones relativas a la promoción y la protección de los derechos y la
dignidad de las personas de edad del Consejo Económico y Social y de la Comisión
de Desarrollo Social, así como de la Comisión de la Condición Jurídica y Social de
la Mujer, según corresponda,
Reafirmando los resultados de la Asamblea Mundial sobre el Envejecimiento 2,
los Principios de las Naciones Unidas en favor de las personas de edad, aprobados
en 1991 3, los objetivos mundiales sobre el envejecimiento para el año 2001,
acordados en 1992 4, y la Proclamación sobre el Envejecimiento, de 1992 5, así como
_______________
1
Resolución 217 A (III).
Véase Informe de la Asamblea Mundial sobre el Envejecimiento, Viena, 26 de julio a 6 de agosto de 1982
(publicación de las Naciones Unidas, núm. de venta: S.82.I.16).
3
Resolución 46/91, anexo.
4
A/47/339, secc. III.
5
Resolución 47/5, anexo.
2
12-48697S
*1248697*
Se ruega reciclar