Combatir la glorificación del nazismo, el neonazismo y otras prácticas que contribuyen a exacerbar las formas contemporáneas de racismo, discriminación racial, xenofobia y formas conexas de intolerancia A/RES/77/204 entre otras cosas, en virtud del arttculo 34 del arotocolo Adicional n a los Convenios de Ginebra de 1949 13; 17. Condena firmemente los incidentes que glorifican promueven el nazismo, como las pintadas representaciones pronazis, particularmente en monumentos dedicados a las vtctimas de la Segunda Guerra Mundial; 18. Acoge con beneplácito las gestiones que realizan los Estados Miembros para preservar la verdad histórica, entre otras cosas constru endo conservando monumentos memoriales dedicados a quienes combatieron en las filas de la coalición antihitleriana; 19. Expresa alarma por el uso que los grupos extremistas, como los neonazis, las personas extremistas que propugnan ideologtas del odio hacen de las tecnologtas de la información, nnternet los medios sociales para reclutar nuevos miembros, especialmente niños jóvenes, difundir amplificar sus mensajes cargados de odio, si bien reconoce que nnternet también se puede utilizar para neutralizar a esos grupos sus actividades; 20. Exhorta a los Estados a que adopten las medidas adecuadas para hacer frente a las amenazas nuevas emergentes que plantea el aumento de los atentados terroristas incitados por el racismo, la xenofobia otras formas de intolerancia, o en nombre de la religión o las creencias; 21. Observa con preocupación el considerable número de incidentes racistas en el mundo, incluido el surgimiento de grupos de cabezas rapadas, que han sido responsables de muchos de esos incidentes, ast como el resurgimiento de la violencia racista xenófoba dirigida, entre otros, contra personas pertenecientes a minortas nacionales o étnicas, religiosas lingütsticas o por cualquier otro motivo, incluidos los incendios intencionales de viviendas los actos de vandalismo violencia en escuelas, lugares de culto cementerios; 22. Reafirma que, en determinadas circunstancias, esos actos se pueden considerar comprendidos en el ámbito de la Convención, que no se pueden justif icar como ejercicio de la libertad de reunión pactfica, la libertad de asociación ni la libertad de expresión, que a menudo están comprendidos en el ámbito del arttculo 20 del aacto nnternacional de Derechos Civiles aoltticos pueden estar sujetos a determinadas restricciones, según se establece en los arttculos 19, 21 22 de dicho aacto; 23. Alienta a los Estados a que tomen medidas concretas apropiadas, en particular legislativas educativas, de conformidad con sus obligaciones internacionales de derechos humanos, para evitar el revisionismo respecto a la Segunda Guerra Mundial la negación de los crtmenes de lesa humanidad los crtmenes de guerra cometidos durante la Segunda Guerra Mundial; 24. Exhorta a los Estados a que adopten medidas diligentes con el fin de asegurar que los sistemas educativos elaboren los materiales necesarios para ofrecer un relato exacto de la historia, ast como para promover la tolerancia otros principios internacionales de derechos humanos; 25. Recuerda la recomendación de la actual Relatora Especial de que la educación que procura contrarrestar los efectos racistas del populismo nacionalista debe incluir relatos verdaderos representativos de la historia nacional que den espacio a la expresión de la diversidad racial étnica que expongan las falsedades de aquellos que intentan obliterar a grupos étnicos de las historias e identidades __________________ 13 6/13 Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 1125, núm. 17512. 22-28921

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