A/RES/64/115
Recordando el derecho de terceros Estados que afrontan problemas económicos
especiales de esa naturaleza a consultar al Consejo de Seguridad respecto de la
solución de tales problemas, de conformidad con el Artículo 50 de la Carta,
Recordando también que la Corte Internacional de Justicia es el principal
órgano judicial de las Naciones Unidas y reafirmando su autoridad e independencia,
Teniendo presente la aprobación de los documentos de trabajo revisados sobre
los métodos de trabajo del Comité Especial 2,
Tomando nota del informe del Secretario General sobre el Repertorio de la
práctica seguida por los órganos de las Naciones Unidas y el Repertorio de la
práctica seguida por el Consejo de Seguridad 3,
Tomando nota también de los párrafos 106 a 110, 176 y 177 del Documento
Final de la Cumbre Mundial 2005 4,
Teniendo presente la decisión del Comité Especial en la que expresaba su
disposición a participar, si procediera, en la ejecución de toda decisión que pudiera
adoptarse en la reunión plenaria de alto nivel del sexagésimo período de sesiones de
la Asamblea General, celebrada en septiembre de 2005, que tuviera relación con la
Carta y cualquier enmienda a ella 5,
Recordando lo dispuesto en sus resoluciones 50/51, de 11 de diciembre de 1995,
51/208, de 17 de diciembre de 1996, 52/162, de 15 de diciembre de 1997, 53/107, de
8 de diciembre de 1998, 54/107, de 9 de diciembre de 1999, 55/157, de 12 de diciembre
de 2000, 56/87, de 12 de diciembre de 2001, 57/25, de 19 de noviembre de 2002, 58/80,
de 9 de diciembre de 2003, y 59/45, de 2 de diciembre de 2004,
Recordando también su resolución 63/127, de 11 de diciembre de 2008,
Habiendo examinado el informe del Comité Especial sobre la labor realizada
en su período de sesiones de 2009 6,
Observando con aprecio la labor realizada por el Comité Especial para alentar
a los Estados a centrar su atención en la necesidad de prevenir y resolver por medios
pacíficos las controversias que puedan poner en peligro el mantenimiento de la paz
y la seguridad internacionales,
Toma nota del informe del Comité Especial de la Carta de las Naciones
1.
Unidas y del fortalecimiento del papel de la Organización6;
2.
Toma nota también del documento titulado “Introducción y aplicación de
sanciones impuestas por las Naciones Unidas”, que figura como anexo de la
presente resolución;
Decide que el Comité Especial celebre su próximo período de sesiones
3.
del 1° al 9 de marzo de 2010;
4.
Solicita al Comité Especial que, en su período de sesiones de 2010, de
conformidad con lo dispuesto en el párrafo 5 de su resolución 50/52, de 11 de
diciembre de 1995:
_______________
2
Ibíd., sexagésimo primer período de sesiones, Suplemento núm. 33 (A/61/33), párr. 72.
A/64/125.
4
Véase la resolución 60/1.
5
Documentos Oficiales de la Asamblea General, sexagésimo período de sesiones, Suplemento núm. 33
(A/60/33), párr. 77.
6
Ibíd., sexagésimo cuarto período de sesiones, Suplemento núm. 33 (A/64/33).
3
2