A
NACIONES
UNIDAS
Asamblea General
Distr.
GENERAL
A/RES/54/182
29 de febrero de 2000
Quincuagésimo cuarto período de sesiones
Tema 116 c) del programa
RESOLUCIÓN APROBADA POR LA ASAMBLEA GENERAL
[sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/54/605/Add.3)]
54/182. Situación de los derechos humanos en el Sudán
La Asamblea General,
Reafirmando que todos los Estados Miembros tienen la obligación de promover y proteger los derechos
humanos y las libertades fundamentales establecidos en la Carta de las Naciones Unidas, la Declaración
Universal de Derechos Humanos1, los Pactos internacionales de derechos humanos2 y otros instrumentos de
derechos humanos pertinentes y de cumplir los compromisos que han contraído en virtud de diversos
instrumentos internacionales en esta esfera,
Teniendo presente que el Sudán es parte en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos2, el
Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales2, la Convención sobre los Derechos del
Niño3, la Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos4 y los Convenios de Ginebra de 12 de agosto
de 19495,
Recordando sus resoluciones anteriores sobre la situación de los derechos humanos en el Sudán y
tomando nota de la resolución 1999/15 de la Comisión de Derechos Humanos, de 23 de abril de 19996,
1
Resolución 217 A (III).
2
Resolución 2200 A (XXI), anexo.
Resolución 44/25, anexo.
3
4
Naciones Unidas, Recueil des Traités, vol. 1520, No. 26363.
5
Ibíd., vol. 75, Nos. 970 a 973.
Véase Documentos Oficiales del Consejo Económico y Social, 1999, Suplemento No. 3 (E/1999/23), cap. II,
secc. A.
6
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