A/RES/48/238 Página 4 17. Decide consignar en la Cuenta Especial la suma de 80.470.659 dólares en cifras brutas (82.647.109 dólares en cifras netas) para el mantenimiento de la Fuerza durante el período comprendido entre el 1º y el 31 de marzo de 1994, inclusive; 18. Decide también, como medida especial, prorratear entre los Estados Miembros la suma adicional de 216.928.200 dólares en cifras brutas (215 millones de dólares en cifras netas) para el período comprendido entre el 1º de julio de 1993 y el 28 de febrero de 1994, teniendo en cuenta la suma de 166.479.800 dólares en cifras brutas (165 millones de dólares en cifras netas) que ya fue prorrateada de conformidad con la decisión 48/470 A de la Asamblea General, y prorratear la suma de 80.470.659 dólares en cifras brutas (82.647.109 dólares en cifras netas) para el período comprendido entre 1º y el 31 de marzo de 1994, con arreglo a la composición de los grupos de Estados indicada en los párrafos 3 y 4 de la resolución 43/232 de la Asamblea, de 1º de marzo de 1989, modificada por la Asamblea en sus resoluciones 44/192 B, de 21 de diciembre de 1989, 45/269, de 27 de agosto de 1991, 46/198 A, de 20 de diciembre de 1991, y 47/218 A, de 23 de diciembre de 1992, y en su decisión 48/472 A, de 23 de diciembre de 1993, y teniendo en cuenta la escala de cuotas para los años 1992, 1993 y 1994 según lo indicado en las resoluciones de la Asamblea 46/221 A, de 20 de diciembre de 1991, y 48/223 A, de 23 de diciembre de 1993, y en la decisión 47/456 de la Asamblea, de 23 de diciembre de 1992; 19. Decide asimismo que, de conformidad con lo dispuesto en su resolución 973 (X), de 15 de diciembre de 1955, se acredite a las sumas resultantes del prorrateo entre los Estados Miembros indicado en el párrafo 18 supra la parte que les corresponda, en el Fondo de Nivelación de Impuestos, de los ingresos adicionales por concepto de contribuciones del personal, estimados en 1.928.200 dólares para el período comprendido entre el 1º de julio de 1993 y el 28 de febrero de 1994, aprobados para la Fuerza; 20. Decide además que, de conformidad con lo dispuesto en su resolución 973 (X), para el prorrateo entre los Estados Miembros indicado en el párrafo 18 supra se tendrá en cuenta la reducción de la parte que les corresponda, en el Fondo de Nivelación de Impuestos, de los ingresos por concepto de contribuciones del personal, estimados en 2.176.450 dólares, aprobados para la Fuerza para el período comprendido entre el 1º y el 31 de marzo de 1994, inclusive; 21. Decide también que se acredite a las prorrateo entre los Estados Miembros indicado en que les corresponda del saldo no comprometido de brutas (25.384.200 dólares en cifras netas), con comprendido entre el 1º de julio de 1993 y el 28 inclusive; sumas resultantes del el párrafo 18 supra la parte 26.219.500 dólares en cifras respecto al período de febrero de 1994, 22. Autoriza al Secretario General a contraer compromisos para el funcionamiento de la Fuerza por una suma no superior a 95.430.962 dólares en cifras brutas (94.546.770 dólares en cifras netas) por mes durante el período comprendido entre el 1º de abril y el 31 de julio de 1994, en caso de que el Consejo de Seguridad decida prorrogar el mandato de la Fuerza con posterioridad al 31 de marzo de 1994, prorrateándose la suma de 286.292.886 dólares en cifras brutas (283.640.310 dólares en cifras netas) entre los Estados Miembros con arreglo al plan establecido en la presente resolución; /...

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