A/RES/62/168 2. Expresa su muy seria preocupación por el hecho de que, desde la aprobación de la resolución 61/176, se hayan registrado, entre otros, casos confirmados de: a) Tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos y degradantes, como la flagelación y las amputaciones; b) Ejecuciones públicas, incluidas las ejecuciones públicas múltiples, y otras ejecuciones en que no se respetan las salvaguardias reconocidas internacionalmente; c) Lapidación como método de ejecución y el dictado constante de sentencias de ejecución por lapidación; d) Ejecución de personas que delinquieron siendo menores de 18 años, contrariamente a las obligaciones de la República Islámica del Irán en virtud del artículo 37 de la Convención sobre los Derechos del Niño4 y del artículo 6 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos2; e) Arrestos, represión violenta y condena de mujeres que ejercen su derecho de celebrar reuniones pacíficas, una campaña de intimidación contra los defensores de los derechos humanos de las mujeres y la persistente discriminación contra las mujeres y las niñas tanto en la ley como en la práctica; f) Aumento de la discriminación y de otras violaciones de los derechos humanos contra personas pertenecientes a minorías religiosas, étnicas, lingüísticas o de otra índole, estén o no reconocidas oficialmente incluidos, entre otros, los árabes, azeríes, baluchis, kurdos, cristianos, judíos, musulmanes sufíes y sunitas y sus defensores, y en particular los ataques contra los bahaíes y sus creencias en los medios de comunicación patrocinados por el Estado, los esfuerzos cada vez más evidentes del Estado por identificar y vigilar a los bahaíes, las medidas que impiden a los miembros de la fe bahaí asistir a la universidad y mantenerse económicamente, y el aumento de los casos de arresto y detención arbitrarios; g) Restricciones constantes, sistemáticas y severas a la libertad de reunión y de asociación pacíficas, y a la libertad de opinión y expresión, como las impuestas a los medios de comunicación y los sindicatos, y acoso, intimidación y persecución crecientes de los opositores políticos y los defensores de los derechos humanos de todos los sectores de la sociedad iraní, así como arrestos y represión violenta de dirigentes sindicales, trabajadores reunidos en forma pacífica y estudiantes; h) Continua falta de respeto de los derechos inherentes a las garantías procesales y violación de los derechos de los detenidos, incluida la utilización sistemática y arbitraria de la reclusión prolongada en régimen de aislamiento; Exhorta al Gobierno de la República Islámica del Irán a que respete 3. plenamente sus obligaciones en materia de derechos humanos y, en tal sentido, aplique cabalmente las resoluciones mencionadas, en particular para: a) Eliminar, tanto en la ley como en la práctica, las amputaciones y la flagelación y otras formas de tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos y degradantes; b) Abolir, tanto en la ley como en la práctica, las ejecuciones públicas y otras ejecuciones llevadas a cabo sin respetar las salvaguardias reconocidas internacionalmente; c) Abolir, tanto en la ley como en la práctica, el uso de la lapidación como método de ejecución; 2

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