A/RES/55/186 en cuenta las circunstancias concretas y la capacidad de ejecución de los países interesados, así como las necesidades especiales de los países en desarrollo, y deben esforzarse por conseguir los mejores resultados posibles en lo que respecta al crecimiento y al desarrollo, en particular mediante políticas y estrategias de empleo y erradicación de la pobreza que tengan en cuenta el género, y destaca la importancia de la responsabilidad nacional por los programas apoyados por el Fondo Monetario Internacional con miras a su aplicación sostenida; 15. Alienta a las instituciones de Bretton Woods, los bancos de desarrollo regionales y la Organización Internacional del Trabajo a que sigan procurando ayudar a los gobiernos a atender a las consecuencias sociales de las crisis, y acoge con beneplácito a ese respecto los compromisos asumidos por la Asamblea General en su vigésimo cuarto período extraordinario de sesiones, sobre la aplicación de los resultados de la Cumbre Mundial sobre Desarrollo Social para asegurarse de que, cuando se convenga en programas de ajuste estructural, éstos incluyan metas de desarrollo social, en particular la erradicación de la pobreza, que promuevan un empleo pleno y productivo y fomenten la integración social; 16. Hace hincapié en que las instituciones financieras internacionales, a solicitud de los gobiernos nacionales, deben suministrar asistencia y asesoramiento, según proceda, a los países en sus esfuerzos por promover el desarrollo y reducir la pobreza mediante programas nacionales, incluidos, cuando corresponda, documentos de estrategia para la reducción de la pobreza de autoría y formulación nacionales que integren políticas macroeconómicas, estructurales y sociales; 17. Subraya la importancia permanente de asignar recursos suficientes a las instituciones internacionales, en particular al Fondo Monetario Internacional, para proporcionar financiación de emergencia en forma oportuna y accesible a los países afectados por crisis financieras, y toma nota de los esfuerzos regionales y subregionales para facilitar la financiación de emergencia en épocas de crisis; 18. Acoge con beneplácito los progresos realizados en el fomento de la capacidad de alerta temprana para hacer frente oportunamente a la amenaza de una crisis financiera y, a ese respecto, alienta al Fondo Monetario Internacional y a otras instituciones regionales e internacionales pertinentes a que continúen adoptando medidas para contribuir a ese proceso; 19. Exhorta a la comunidad internacional, en particular al Banco Mundial y a los bancos de desarrollo regionales y otras instituciones internacionales y regionales pertinentes, incluidas las comisiones regionales, a que, en colaboración con el sector privado, den apoyo a la promoción de corrientes financieras privadas a largo plazo, especialmente la inversión extranjera directa, incluso aumentando la cooperación técnica, a todos los países en desarrollo, así como a las economías en transición, en particular a los países menos adelantados y a otros países en desarrollo que tienen dificultades especiales para atraer corrientes financieras privadas, incluidos los de África, así como los pequeños países insulares en desarrollo y, en ese contexto, pide a la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo que le informe en su quincuagésimo sexto período de sesiones sobre la labor que haya realizado respecto de la cuestión; 20. Reitera su invitación al Fondo Monetario Internacional para que facilite el diálogo entre los interlocutores pertinentes a fin de examinar la posibilidad de establecer marcos normativos para las corrientes de capital a corto plazo y el comercio en divisas; 5

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