A NACIONES UNIDAS Asamblea General Distr. GENERAL A/RES/49/100 24 de febrero de 1995 Cuadragésimo noveno período de sesiones Tema 88 a) del programa RESOLUCIÓN APROBADA POR LA ASAMBLEA GENERAL [sobre la base del informe de la Segunda Comisión (A/49/728/Add.1)] 49/100. Medidas especiales en favor de los países insulares en desarrollo La Asamblea General, Recordando sus resoluciones 45/202, de 21 de diciembre de 1990, y 47/186, de 22 de diciembre de 1992, y otras resoluciones pertinentes de la Asamblea General y de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo, Reconociendo que, además de los problemas generales a que hacen frente los países en desarrollo, muchos países insulares en desarrollo padecen dificultades especiales en materia de comercio y finanzas, y que muchos de estos factores se presentan en forma simultánea en los países insulares en desarrollo, lo que produce en ellos vulnerabilidad económica y social y dependencia, en particular en los países pequeños y geográficamente dispersos, Consciente de que en el decenio de 1990 los países insulares en desarrollo, particularmente los pequeños países insulares en desarrollo con economías extremadamente abiertas e inestables, hacen frente a unas condiciones económicas internacionales que pueden comprometer sus oportunidades de intercambio, Destacando la necesidad de adoptar medidas de apoyo que permitan que los países insulares en desarrollo obtengan los mayores beneficios posibles del Acta Final en que se incorporan los resultados de la Ronda de Uruguay de 95-76882 /...

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