Fortalecimiento de la coordinación de la asistencia humanitaria
de emergencia que prestan las Naciones Unidas
A/RES/68/102
capacidad de respuesta humanitaria en los planos local, nacional y regional, y
exhorta a las Naciones Unidas y a los asociados pertinentes a que sigan prestando
apoyo a este respecto;
25. Alienta los esfuerzos por proporcionar educación para todos, sobre todo
para las niñas y los niños en las situaciones de emergencia humanitaria, en particular
para contribuir a una transición fluida del socorro al desarrollo;
26. Alienta a la Oficina de Coordinación de Asuntos Humanitarios a que siga
colaborando con los Estados Miembros y las entidades competentes de las Naciones
Unidas para facilitar el intercambio de información actualizada, precisa y fiable, en
particular mediante datos armonizados mutuamente comprensibles a fin de asegurar
una mejor evaluación de las necesidades, con miras a mejorar la preparación y la
respuesta humanitaria;
27. Exhorta a las organizaciones competentes de las Naciones Unidas a que
apoyen la mejora del proceso de llamamientos unificados, entre otros medios,
preparando evaluaciones comunes de las necesidades y planes comunes de acción y
prioridades en el ámbito humanitario, incluido un mejor análisis de los créditos
asignados a las cuestiones de género, con el fin de promover el desarrollo del
proceso, en particular asegurando una visión general más coordinada, oportuna y
amplia de las necesidades y de los planes comunes de acción humanitaria en una
determinada emergencia, en cuanto instrumento de planificación estratégica y
establecimiento de prioridades de las Naciones Unidas, así como haciendo intervenir
en el proceso a otras organizaciones humanitarias competentes, al tiempo que reitera
que los llamamientos unificados deben prepararse en consulta con los Estados
afectados;
28. Solicita a los Estados Miembros, las organizaciones humanitarias
competentes del sistema de las Naciones Unidas y demás agentes humanitarios
pertinentes que se aseguren de que en todos los aspectos de la respuesta
humanitaria, incluida la preparación para casos de desastre y la evaluación de las
necesidades, se tengan en cuenta las necesidades humanitarias específicas de todos
los componentes de la población afectada, en particular de las niñas, los niños, las
mujeres, las personas de edad y las personas con discapacidad, entre otras cosas en
el diseño y la aplicación de programas relativos a la reducción del riesgo de
desastres, la asistencia humanitaria y la recuperación, y, cuando proceda, en la
reconstrucción posterior a emergencias humanitarias, y, a este respecto, alienta a que
se procure asegurar la incorporación de la perspectiva de género y pone de relieve la
importancia de la participación plena, en particular, de las mujeres y las personas
con discapacidad, en los procesos de adopción de decisiones relativas a la respuesta
humanitaria;
29. Exhorta a las organizaciones humanitarias de las Naciones Unidas a que,
en consulta con los Estados Miembros, según proceda, fortalezcan la base empírica
que sustenta la asistencia humanitaria estableciendo más mecanismos comunes a fin
de aumentar la calidad, la transparencia y la fiabilidad de las evaluaciones comunes
de las necesidades humanitarias y de seguir avanzando hacia su preparación, incluso
mejorando la reunión y el análisis de datos desglosados por sexo, edad y
discapacidad y los informes al respecto, para evaluar su desempeño en la prestación
de la asistencia y asegurar que esas organizaciones hagan el uso más efectivo
posible de los recursos humanitarios;
30. Exhorta a las Naciones Unidas y a sus asociados en la labor humanitaria
a que mejoren la rendición de cuentas a los Estados Miembros, incluidos los Estados
afectados, y a todos los demás interesados, y a que sigan fortaleciendo la respuesta
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