A/RES/55/150
3.
Decide establecer un Comité especial sobre las inmunidades
jurisdiccionales de los Estados y de sus bienes, abierto también a la participación de
los Estados miembros de los organismos especializados, para que siga los trabajos
consolidando los ámbitos de acuerdo y resuelva cuestiones pendientes con miras a
elaborar un instrumento generalmente aceptable, basado en los proyectos de
artículos sobre las inmunidades jurisdiccionales de los Estados y de sus bienes
aprobados por la Comisión de Derecho Internacional en su 43° período de sesiones4,
y también en las deliberaciones del Grupo de Trabajo de composición abierta de la
Sexta Comisión y en sus conclusiones 2;
4.
de 2002;
Decide que el Comité especial se reúna durante dos semanas en marzo
5.
Decide también incluir en el programa provisional de su quincuagésimo
sexto período de sesiones el tema titulado “Convención sobre las inmunidades
jurisdiccionales de los Estados y de sus bienes”.
84a. sesión plenaria
12 de diciembre de 2000
4
Anuario de la Comisión de Derecho Internacional, 1991, vol. II, Segunda Parte (publicación de las
Naciones Unidas, número de venta: S.93.V.9 (Parte 2)), documento A/46/10, cap. II, párr. 28.
2
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