A NACIONES UNIDAS Asamblea General Distr. GENERAL A/RES/50/60 9 de enero de 1996 Quincuagésimo período de sesiones Tema 57 del programa RESOLUCION APROBADA POR LA ASAMBLEA GENERAL [sobre la base del informe de la Primera Comisión (A/50/577)] 50/60. Observancia de los acuerdos de limitación de armamentos y de desarme La Asamblea General, Recordando su resolución 48/63, de 16 de diciembre de 1993, y las demás resoluciones pertinentes sobre esta cuestión, Reconociendo el interés permanente de todos los Estados Miembros en que se mantenga el respeto de los derechos y las obligaciones dimanantes de tratados y de otras fuentes del derecho internacional, Convencida de que la observancia de la Carta de las Naciones Unidas, los tratados pertinentes y otras fuentes del derecho internacional es indispensable para el fortalecimiento de la seguridad internacional, Teniendo presente, en particular, la importancia fundamental de la aplicación plena y la observancia estricta de los acuerdos y demás obligaciones en materia de limitación de armamentos y de desarme para que éstos lleven a un aumento de la seguridad de cada nación y de toda la comunidad internacional, Destacando que toda violación de esos acuerdos y demás obligaciones no sólo afecta negativamente a la seguridad de los Estados partes, sino también puede poner en peligro la seguridad de otros Estados que confían en las limitaciones y los compromisos estipulados en esos acuerdos y demás obligaciones, Destacando también que todo debilitamiento de la confianza en tales acuerdos y demás obligaciones reduce su contribución a la estabilidad mundial 96-76006 /...

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