A/HRC/RES/31/16 Profundamente preocupado por que continúan cometiéndose actos de intolerancia y violencia basados en la religión o las creencias contra personas, incluidos miembros de comunidades religiosas y minorías religiosas en todo el mundo, Subrayando la importancia de la educación en la promoción de la tolerancia, que incluye la aceptación por el público y el respeto de la diversidad, incluso con respecto a las expresiones religiosas, y subrayando también el hecho de que la educación, en particular en la escuela, debe contribuir de manera significativa a promover la tolerancia y la eliminación de la discriminación fundada en la religión o las creencias, 1. Destaca que toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión o de creencias, lo que incluye la libertad de tener o no tener, o de adoptar, la religión o las creencias de su elección y la libertad de manifestar su religión o sus creencias individual o colectivamente, tanto en público como en privado, mediante la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia, incluido el derecho a cambiar de religión o de creencias; 2. Pone de relieve que la libertad de religión o de creencias y la libertad de expresión son interdependientes, están relacionadas entre sí y se refuerzan mutuamente, y destaca el papel que estos derechos pueden desempeñar en la lucha contra todas las formas de intolerancia y discriminación por motivos de religión o de creencias; 3. Expresa profunda preocupación por los nuevos obstáculos al goce del derecho a la libertad de religión o de creencias, así como por los casos de intolerancia, discriminación y violencia por motivos religiosos, entre otros: a) El número cada vez mayor de actos de violencia contra individuos, incluidas personas pertenecientes a minorías religiosas en distintas partes del mundo; b) El aumento del extremismo religioso en distintas partes del mundo que afecta a los derechos de los individuos, incluidas las personas pertenecientes a minorías religiosas; c) Los incidentes de odio, discriminación, intolerancia y violencia por motivos religiosos, que pueden manifestarse en el establecimiento de estereotipos peyorativos, la atribución de perfiles negativos y la estigmatización de personas en función de su religión o sus creencias; d) Casos que, en la legislación y en la práctica, constituyen violaciones del derecho fundamental a la libertad de religión o de creencias, incluido el derecho individual a expresar públicamente las creencias espirituales y religiosas de cada uno, teniendo en cuenta los artículos pertinentes del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y otros instrumentos internacionales; e) Regímenes constitucionales y legislativos que no ofrecen garantías suficientes y efectivas de libertad de pensamiento, conciencia, religión y creencias para todos sin distinción; f) Los atentados contra lugares de culto, lugares sagrados y santuarios y los actos de vandalismo en cementerios, contrarios al derecho internacional y en particular al derecho internacional de los derechos humanos y el derecho internacional humanitario; 4. Condena todas las formas de violencia, intolerancia y discriminación basadas en la religión o en las creencias o perpetradas en su nombre y las violaciones de la libertad de pensamiento, de conciencia, de religión o de creencias, y toda apología del odio religioso que constituya una incitación a la discriminación, la hostilidad o la violencia, ya sea a través de medios de difusión impresos, audiovisuales o electrónicos o por cualquier otro medio; 2 GE.16-05753

Seleccionar párrafo de destino3