Llamamiento mundial para la adopción de medidas concretas para la
eliminación del racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las
formas conexas de intolerancia y para la aplicación y el seguimiento
generales de la Declaración y el Programa de Acción de Durban
A/RES/77/205
Estados pertinentes que aún no lo hayan hecho a que impartan justicia reparadora,
contribuyendo al desarrollo y al reconocimiento de la dignidad de los Estados
afectados y su población;
17. Toma nota del informe del Grupo de Trabajo de Expertos sobre los
Afrodescendientes 16, invita al Consejo de Derechos Humanos a que, por conducto de
la Presidencia del Grupo de Trabajo, le siga presentando un informe sobre la labor del
Grupo de Trabajo y, a este respecto, invita a la Presidencia del Grupo de Trabajo a
participar en un diálogo interactivo con la Asamblea en su septuagésimo octavo
período de sesiones, en relación con el tema titulado “Eliminación del racismo, la
discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia”;
18. Toma nota con aprecio de la proclamación del 31 de agosto como Día
Internacional de los Afrodescendientes e invita a todos los Estados Miembros, tod as
las organizaciones y los órganos del sistema de las Naciones Unidas y otras
organizaciones internacionales y regionales, el sector privado y el mundo académico,
así como a la sociedad civil, a que celebren el Día Internacional de los
Afrodescendientes de manera apropiada, de conformidad con su resolución 75/170,
de 16 de diciembre de 2020;
19. Destaca que todas las personas, incluidas las personas y comunidades
afrodescendientes, deben poder participar de forma inclusiva y orientar la
formulación e implementación de procesos que contribuyan a detener, cambiar y
reparar las consecuencias duraderas y las manifestaciones actuales del racismo
sistémico, y reconoce especialmente el importante papel que los jóvenes han
desempeñado y deben seguir desempeñando en estos procesos;
20. Alienta a los Estados a que examinen el alcance y el impacto del racismo
sistémico y a que adopten medidas jurídicas, normativas e institucionales eficaces que
aborden el racismo como algo más que una suma de actos individualizados,
recomienda que los avances se midan según indicadores basados en el impacto y no
en la intención y pide además que se reconozca el impacto de la discriminación racial
y la desigualdad que experimentan los niños y los jóvenes afrodescendientes en todos
los ámbitos de la vida, como la administración de justicia, la aplicación de la ley, la
educación, la salud, la vida familiar y el desarrollo 17;
21. Acoge con beneplácito el establecimiento de un mecanismo internacional
de expertas y expertos independientes, integrado por tres especialistas en
cumplimiento de la ley y derechos humanos, cuyo objetivo es promover un cambio
transformador en favor de la justicia y la igualdad raciales en el contexto de las
fuerzas del orden en todo el mundo, especialmente en lo que respecta a los legados
del colonialismo y la trata transatlántica de esclavos en los africanos esclavizados,
investigar las respuestas de los Gobiernos a las protestas pacíficas contra el racismo
y todas las violaciones del derecho internacional de los derechos humanos, y
contribuir a la rendición de cuentas y a la reparación de las víctimas;
22. Solicita a la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para
los Derechos Humanos y al Departamento de Comunicación Global de la Secretaría
que sigan llevando a cabo actividades de concienciación y campañas de información
pública en apoyo del Decenio Internacional de los Afrodescendiente s utilizando las
redes sociales y medios digitales, incluida la distribución amplia de versiones fáciles
de usar, concisas y accesibles del material sobre el tema;
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A/77/232.
Véase A/77/294.
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