A/HRC/RES/44/4
Naciones Unidas
Asamblea General
Distr. general
22 de julio de 2020
Español
Original: inglés
Consejo de Derechos Humanos
44º período de sesiones
30 de junio a 17 de julio de 2020
Tema 3 de la agenda
Promoción y protección de todos los derechos humanos,
civiles, políticos, económicos, sociales y culturales,
incluido el derecho al desarrollo
Resolución aprobada por el Consejo de Derechos Humanos
el 16 de julio de 2020
44/4.
Trata de personas, especialmente mujeres y niños: fortalecimiento
de los derechos humanos mediante el aumento de la protección de
las víctimas de la trata, especialmente las mujeres y los niños, el
apoyo prestado a estas y su empoderamiento
El Consejo de Derechos Humanos,
Guiado por la Carta de las Naciones Unidas,
Recordando la Declaración Universal de Derechos Humanos, el Pacto Internacional
de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y el Pacto Internacional de Derechos
Civiles y Políticos,
Reiterando su enérgica condena de la trata de personas, especialmente mujeres y
niños, que constituye un delito y una grave amenaza para la dignidad y la integridad física
de las personas, los derechos humanos y el desarrollo sostenible,
Recordando todas las resoluciones pertinentes de las Naciones Unidas, en particular
las de la Asamblea General y el Consejo de Derechos Humanos, relativas a la trata de
personas, especialmente mujeres y niños,
Reafirmando los principios enunciados en los instrumentos y declaraciones de
derechos humanos pertinentes, entre otros la Convención sobre los Derechos del Niño y sus
Protocolos Facultativos relativos a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización
de niños en la pornografía y a la participación de niños en los conflictos armados, y la
Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer y
su Protocolo Facultativo,
Reafirmando también la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia
Organizada Transnacional y sus Protocolos, y reafirmando en particular el Protocolo para
Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, Especialmente Mujeres y Niños, que
complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada
Transnacional, el cual cumple 20 años en 2020,
Reafirmando además el Convenio sobre el Trabajo Forzoso, 1930 (núm. 29), y su
Protocolo de 2014, el Convenio sobre las Peores Formas de Trabajo Infantil, 1999
(núm. 182), y la Recomendación sobre las Medidas Complementarias para la Supresión
GE.20-09795 (S)
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