A/HRC/RES/40/20
Naciones Unidas para los Derechos Humanos, y a que velen por que esos crímenes no
queden impunes;
9.
Acoge con beneplácito la resolución 73/180 de la Asamblea General, en la
que la Asamblea alentó al Consejo de Seguridad a que siguiera examinando las
conclusiones y recomendaciones pertinentes de la comisión de investigación y a que tomara
medidas apropiadas para asegurar la rendición de cuentas, incluido el estudio de la
posibilidad de remitir la situación en la República Popular Democrática de Corea a la Corte
Penal Internacional y la posibilidad de seguir estableciendo sanciones selectivas eficaces
contra quienes parecieran ser los principales responsables de las violaciones de los derechos
humanos que, según la comisión, podían constituir crímenes de lesa humanidad;
10.
Acoge con beneplácito también la decisión del Consejo de Seguridad de
celebrar una cuarta sesión del Consejo el 11 de diciembre de 2017, después de las
celebradas en diciembre de 2014, diciembre de 2015 y diciembre de 2016, durante las que
se debatió la situación de los derechos humanos en la República Popular Democrática de
Corea teniendo presentes las graves preocupaciones expresadas en la presente resolución, y
aguarda con interés la implicación continua y más activa del Consejo en este asunto;
11.
Encomia al Relator Especial sobre la situación de los derechos humanos en la
República Popular Democrática de Corea por las actividades llevadas a cabo hasta la fecha
y por sus continuos esfuerzos en el desempeño de su mandato, pese a no tener acceso al
país;
12.
Acoge con beneplácito el informe del Relator Especial5;
13.
Recuerda las recomendaciones de la comisión de investigación y la
resolución 73/180 de la Asamblea General y reitera la importancia de mantener la grave
situación de los derechos humanos en la República Popular Democrática de Corea en un
lugar destacado de la agenda internacional, entre otras cosas realizando actividades
continuas de comunicación, promoción y divulgación, y solicita a la Oficina del Alto
Comisionado que intensifique esas actividades;
14.
Acoge con beneplácito las medidas adoptadas para reforzar la capacidad de la
Oficina del Alto Comisionado, incluida su estructura sobre el terreno en Seúl, a fin de
permitir la aplicación de las recomendaciones pertinentes formuladas por el grupo de
expertas independientes sobre la rendición de cuentas en su informe a los efectos de
intensificar las actuales actividades de vigilancia y documentación, establecer un registro
central de información y pruebas y encomendar a expertos en responsabilidad jurídica la
tarea de evaluar toda la información y todos los testimonios con miras a elaborar posibles
estrategias para utilizarlas en lo sucesivo en todos los procesos de rendición de cuentas;
15.
Decide seguir reforzando, por un período de dos años, la capacidad de la
Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos,
incluida su estructura sobre el terreno en Seúl, a fin de permitir la aplicación de las
recomendaciones pertinentes formuladas por el grupo de expertas independientes sobre la
rendición de cuentas en su informe a los efectos de intensificar las actuales actividades de
vigilancia y documentación, establecer un registro central de información y pruebas y
encomendar a expertos en responsabilidad jurídica la tarea de evaluar toda la información y
todos los testimonios con miras a elaborar posibles estrategias para utilizarlas en lo
sucesivo en todos los procesos de rendición de cuentas;
16.
Solicita a la Alta Comisionada que facilite verbalmente información
actualizada sobre los progresos realizados al respecto al Consejo de Derechos Humanos en
su 43er período de sesiones, y que le presente por escrito un informe completo sobre la
aplicación de las recomendaciones en su 46º período de sesiones;
17.
Decide prorrogar por un año el mandato del Relator Especial sobre la
situación de los derechos humanos en la República Popular Democrática de Corea, según lo
establecido por el Consejo de Derechos Humanos en su resolución 37/28;
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A/HRC/40/66.
GE.19-05669