° Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Justicia Penal (2011), para. 15
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Acoge con beneplácito la decisión del Gobierno del Brasil de aportar un porcentaje del valor de los activos decomisados a la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 30 de la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional 4 y en el artículo 62 de la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción 5 , así como en el párrafo 9 de la resolución 55/25 de la Asamblea General, de 15 de noviembre de 2000, y en el párrafo 4 de la resolución 58/4 de la Asamblea, de 31 de octubre de 2003, y aguarda con interés la pronta aplicación de esa decisión;