Cooperación internacional para abordar y contrarrestar el problema mundial de las drogas (2020), para. 057
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Alienta a los Estados Miembros a que determinen y aprovechen las oportunidades de llevar a cabo investigaciones colaborativas y practiquen un continuo intercambio de los resultados de las investigaciones científicas más recientes, teniendo en cuenta las aportaciones de la comunidad científica nacional, regional e internacional, incluidos los círculos académicos, sobre las estrategias más eficaces de reducción de la demanda y la oferta, y a que definan las mejores prácticas en materia de intervenciones para reducir la demanda de drogas, de conformidad con los tres tratados de fiscalización internacional de drogas y otros compromisos de política de drogas;