A/HRC/RES/45/26 Naciones Unidas Asamblea General Distr. general 12 de octubre de 2020 Español Original: inglés Consejo de Derechos Humanos 45º período de sesiones 14 de septiembre a 7 de octubre de 2020 Tema 10 de la agenda Asistencia técnica y fomento de la capacidad Resolución aprobada por el Consejo de Derechos Humanos el 6 de octubre de 2020 45/26. Asistencia técnica y fomento de la capacidad en la esfera de los derechos humanos en el Yemen El Consejo de Derechos Humanos, Guiado por los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas y por las disposiciones de la Declaración Universal de Derechos Humanos, y recordando los tratados internacionales de derechos humanos pertinentes, Reconociendo la responsabilidad primordial de los Estados de promover y proteger los derechos humanos, Reafirmando su enérgica determinación de defender la soberanía, la independencia, la unidad y la integridad territorial del Yemen, Recordando las resoluciones del Consejo de Seguridad 2014 (2011), de 21 de octubre de 2011, 2051 (2012), de 12 de junio de 2012, y 2140 (2014), de 26 de febrero de 2014, y las resoluciones del Consejo de Derechos Humanos 18/19, de 29 de septiembre de 2011, 19/29, de 23 de marzo de 2012, 21/22, de 27 de septiembre de 2012, 24/32, de 27 de septiembre de 2013, 27/19, de 25 de septiembre de 2014, 30/18, de 2 de octubre de 2015, 33/16, de 29 de septiembre de 2016, 36/31, de 29 de septiembre de 2017, 39/23, de 28 de septiembre de 2018, y 42/31, de 27 de septiembre de 2019, Poniendo de relieve las resoluciones del Consejo de Seguridad 2216 (2015), de 14 de abril de 2015, y 2451 (2018), de 21 de diciembre de 2018, Acogiendo con beneplácito el Acuerdo de Estocolmo —aceptado por el Gobierno del Yemen y los huzíes— para establecer un alto el fuego en la ciudad de Al-Hudayda y hacer efectivo el redespliegue de las respectivas fuerzas de los puertos de Al-Hudayda, Al-Salif y Ras Isa, en virtud del cual se ha establecido un mecanismo para activar el intercambio de prisioneros, levantar el asedio de la ciudad de Taiz y facilitar la distribución de ayuda humanitaria, Reiterando su firme apoyo a la labor desplegada por el Secretario General y el Enviado Especial del Secretario General para el Yemen, y recordando la necesidad de que todas las partes en el conflicto reaccionen de manera flexible y constructiva y sin condiciones previas a esos esfuerzos, y apliquen plena e inmediatamente todas las disposiciones de las resoluciones pertinentes del Consejo de Seguridad, acogiendo al GE.20-13363 (S) 141020  151020

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