° Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Justicia Penal (2011), para. 06
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Recordando además su resolución 64/180, de 18 de diciembre de 2009, en que exhortó al 12º Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Justicia Penal a que formulara propuestas concretas de seguimiento y medidas ulteriores, prestando particular atención a las disposiciones prácticas relacionadas con la aplicación efectiva de los instrumentos jurídicos internacionales relativos a la delincuencia organizada transnacional, el terrorismo y la corrupción y a las actividades conexas de asistencia técnica, y solicitó a la Comisión de Prevención del Delito y Justicia Penal que, en su 19º período de sesiones, concediera máxima prioridad al examen de las conclusiones y recomendaciones del 12º Congreso, con miras a recomendar, por conducto del Consejo Económico y Social, medidas apropiadas de seguimiento a la Asamblea General en su sexagésimo quinto período de sesiones,