La tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes (2000), para. 15
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6. Insta a los Estados partes a que cumplan estrictamente las obligaciones que les impone la Convención, incluida la obligación de presentar informes tal como figura en el artículo 19 de ésta, habida cuenta del elevado número de informes que no se han presentado, e invita a los Estados partes a que, al presentar sus informes al Comité, incorporen una perspectiva de género e información relativa a los niños y menores;