La mujer en el desarrollo
A/RES/70/219
todos, especialmente la plena participación de mujeres y hombres, tanto en las zonas
rurales como en las urbanas, así como políticas que alienten la participación plena e
igual de mujeres y hombres, incluidas las personas con discapacidad, y a que
proporcionen los recursos necesarios para esos fines;
24. Insta al sistema de las Naciones Unidas y a otras organizaciones
internacionales a que, a petición de los Estados Miembros, apoyen y promuevan
respuestas innovadoras en los programas para garantizar el acceso de la mujer al
trabajo decente, reconozcan, reduzcan y redistribuyan la carga desigual que
representa el cuidado de personas, fomenten iniciativas y medidas de protección
social destinadas a las mujeres y a las niñas que incorporen la perspectiva de género
y apoyen y alienten la ampliación de los programas y las iniciativas existentes en
materia de buenas prácticas;
25. Reconoce que las mujeres y las niñas representan casi la mitad de los
migrantes internacionales en todo el mundo y que es necesario abordar la situación
especial y la vulnerabilidad de las mujeres y las niñas migrantes mediante, entre
otras cosas, la incorporación de una perspectiva de género en las políticas y el
fortalecimiento de las leyes, las instituciones y los programas nacionales para
prevenir y combatir la violencia por razón de género, la trata de personas y la
discriminación contra las mujeres y las niñas, y exhorta a los gobiernos a que
intensifiquen los esfuerzos para proteger los derechos de las trabajadoras
domésticas, incluidas las mujeres y las niñas migrantes, y asegurarles condiciones
de trabajo decentes en relación, entre otras cosas, con la jorna da laboral, las
condiciones de trabajo y los salarios, y a que promuevan su acceso a los servicios de
atención de la salud y otras prestaciones sociales y económicas;
26. Reconoce también las necesidades especiales de las mujeres y las niñas
que viven en zonas afectadas por situaciones complejas de emergencia humanitaria
y zonas afectadas por el terrorismo, y que las amenazas a la salud de alcance
mundial, el cambio climático, el aumento de la frecuencia y la intensidad de los
desastres naturales, la escalada de los conflictos, el extremismo violento, el
terrorismo y las consiguientes crisis humanitarias y desplazamientos forzados de la
población amenazan con anular muchos de los avances lo grados en materia de
desarrollo durante los últimos decenios y repercuten negativamente sobre todo en
las mujeres y las niñas y deben encararse y abordarse de forma integral;
27. Alienta a los Estados Miembros a que aprueben o examinen y apliquen
plenamente leyes y políticas que, teniendo en cuenta las cuestiones de género,
reduzcan, con medidas específicas, la segregación horizontal y vertical en el trabajo
y las diferencias salariales basadas en el género;
28. Destaca la importancia de que se mejore y sistematice la reunión, el
análisis y la difusión de datos de calidad, accesibles, oportunos y fiables,
desglosados por nivel de ingresos, sexo, edad, raza, grupo étnico, situación
migratoria, discapacidad, ubicación geográfica y otras características pert inentes en
el contexto nacional, y de indicadores que tengan en cuenta la perspectiva de género
y sean específicos y pertinentes para apoyar la formulación de políticas y los
sistemas nacionales de seguimiento y presentación de informes sobre los progresos
logrados y sus efectos y, a ese respecto, alienta a los países desarrollados y las
entidades competentes del sistema de las Naciones Unidas a que presten apoyo y
asistencia a los países en desarrollo que lo soliciten para establecer, desarrollar y
fortalecer sus bases de datos y sus sistemas de información;
29. Alienta a los gobiernos a que reúnan, analicen y difundan datos y
estadísticas desglosados por sexo sobre el acceso de las mujeres al trabajo decente,
11/17
Seleccionar párrafo de destino3
Conectar a un párrafo
Connect to an entity
Disable highlights
Añadir a la tabla de contenidos