A/RES/56/261
f)
La colaboración con otros gobiernos y organizaciones no gubernamentales
en la puesta en marcha y difusión de iniciativas exitosas e innovadoras de
prevención del delito y de conocimientos especializados y experiencia en materia de
prácticas de prevención del delito, incluidas campañas de sensibilización y
educación del público acerca de la importancia de la prevención eficaz del delito y
los aportes que pueden hacer las personas, las familias, las comunidades y las
distintas instancias gubernamentales para contribuir a aumentar la seguridad y paz
de las comunidades;
g) El examen de la posibilidad de contribuir a los esfuerzos colectivos que
despliegan los países para desarrollar una estrategia internacional amplia de fomento
de la prevención del delito con la participación de la comunidad.
h) La adopción de disposiciones para incorporar en sus estrategias nacionales
de prevención del delito medidas destinadas a prevenir y combatir la delincuencia
asociada con el racismo, la discriminación racial, la xenofobia y otras formas
conexas de intolerancia.
B.
Medidas internacionales
27. El Centro para la Prevención Internacional del Delito, en cooperación con otras
organizaciones internacionales y regionales pertinentes, según proceda, y de
conformidad con la presente resolución:
a) Desarrollará y promoverá conocimientos especializados en materia de
prevención del delito que se hayan adaptado cuidadosamente, sobre la base de
prácticas de utilidad demostrada, a las condiciones de los países en los que habrán
de aplicarse recurriendo a seminarios, programas de capacitación y otros medios;
b) Previa solicitud del Estado o los Estados interesados, realizará campañas
de sensibilización y educación del público acerca de la importancia de la prevención
eficaz del delito y los aportes que pueden hacer las personas, las familias, las
comunidades y las distintas instancias gubernamentales para contribuir a aumentar
la seguridad y paz de las comunidades;
c) Se esforzará por contribuir al intercambio de información y experiencia en
materia de prevención del delito a fin de fomentar nuevas formas de colaboración
entre países con la participación del gobierno, la comunidad y las organizaciones no
gubernamentales;
d) Evaluará la evolución y mundialización de la delincuencia y preparará
respuestas a ella mediante iniciativas innovadoras y eficaces de prevención del
delito que tengan en cuenta la influencia de las nuevas tecnologías en la
delincuencia y su prevención;
e) Seguirá coordinando estudios sobre los efectos de la delincuencia en las
zonas urbanas y posibles medidas para su prevención eficaz, teniendo en cuenta las
eventuales diferencias culturales e institucionales en la prevención eficaz del delito;
f)
Alentará a los Estados Miembros a que incorporen en las estrategias y
normas de prevención internacional del delito medidas destinadas a prevenir y
combatir la delincuencia asociada con el racismo, la discriminación racial, la
xenofobia y otras formas conexas de intolerancia, teniendo en cuenta las medidas ya
adoptadas por los Estados Miembros;
g) Formulará proyectos de cooperación técnica en la esfera de la prevención
del delito destinados a los Estados que lo soliciten y prestará asistencia en su
ejecución;
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