A/RES/56/261
4. Invita a los gobiernos a que estudien con atención y utilicen, según
proceda, los planes de acción como orientación al emprender la formulación de
leyes, políticas y programas en la esfera de la prevención del delito y la justicia
penal, a fin de dar cumplimiento y seguimiento a los compromisos contraídos en la
Declaración de Viena;
5. Invita al Secretario General a que, en estrecha cooperación con las
organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales pertinentes, estudie
atentamente y aplique, según proceda, los planes de acción como orientación para la
elaboración de políticas y programas en la esfera de la prevención del delito y la
justicia penal, de conformidad con los planes de mediano plazo y los presupuestos
por programas y a reserva de la disponibilidad de recursos;
6. Invita a la Secretaría a que examine con los institutos de la red del
Programa de las Naciones Unidas en materia de prevención del delito y justicia
penal la posible contribución de éstos a la aplicación de los planes de acción, bajo la
coordinación de la Comisión de Prevención del Delito y Justicia Penal;
7. Invita a los Estados Miembros y a las instituciones regionales e
internacionales, incluidas las instituciones financieras, a que sigan fortaleciendo el
Programa mediante financiación sostenida y otras actividades de apoyo técnico a fin
de prestar asistencia a los Estados interesados en la esfera de la prevención del
delito y la justicia penal, según proceda;
8. Invita a la Comisión de Prevención del Delito y Justicia Penal a que siga
de cerca la aplicación de los planes de acción y a que formule las recomendaciones
que estime apropiadas.
93ª sesión plenaria
31 de enero de 2002
Anexo
Planes de acción para la aplicación de la Declaración de Viena
sobre la delincuencia y la justicia: frente a los retos del siglo XXI
I.
Medidas contra la delincuencia organizada transnacional
1. Para dar cumplimiento y seguimiento a los compromisos contraídos en los
párrafos 5, 6, 7 y 10 de la Declaración de Viena sobre la delincuencia y la justicia:
frente a los retos del siglo XXI 1, así como facilitar la firma, ratificación, entrada en
vigor y aplicación gradual de la Convención de las Naciones Unidas contra la
Delincuencia Organizada Transnacional y sus protocolos 2, se recomienda la
adopción de las medidas concretas que figuran a continuación.
A.
Medidas nacionales
2. Los Estados que no hayan firmado la Convención y sus protocolos deberían
hacerlo lo antes posible, y los Estados que hayan firmado esos instrumentos
jurídicos deberían hacer todo cuanto esté a su alcance para ratificarlos a la brevedad
posible. Cada Estado fijará prioridades para la aplicación efectiva de la Convención
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2
Resolución 55/25, anexos I a II.