A/RES/57/334 Observando con reconocimiento que se han hecho contribuciones voluntarias a la Misión, Consciente de que es indispensable proporcionar a la Misión los recursos financieros necesarios para que pueda saldar sus obligaciones pendientes de pago, 1. Toma nota del estado de las contribuciones para la Misión de las Naciones Unidas en Bosnia y Herzegovina al 31 de marzo de 2003, en particular de las cuotas pendientes de pago por valor de 59 millones de dólares de los Estados Unidos, que constituyen aproximadamente el 6% del total de las cuotas, observa con preocupación que sólo treinta y tres Estados Miembros han pagado íntegramente sus cuotas, e insta a todos los demás Estados Miembros, en particular a los que están en mora, a que paguen las cuotas que adeudan; 2. Expresa su reconocimiento a los Estados Miembros que han pagado íntegramente sus cuotas, e insta a todos los demás Estados Miembros a que hagan todo lo posible por pagar íntegramente sus cuotas para la Misión; 3. Expresa preocupación por las demoras a que ha tenido que hacer frente el Secretario General a la hora de desplegar algunas misiones recientes de mantenimiento de la paz, en particular en África, y de proporcionarles recursos suficientes; 4. Hace hincapié en que todas las misiones de mantenimiento de la paz en curso y futuras deben recibir un trato igual y no discriminatorio con respecto a las disposiciones financieras y administrativas; 5. Hace hincapié también en que deben proporcionarse recursos suficientes a todas las misiones de mantenimiento de la paz para que cumplan sus respectivos mandatos con eficacia y eficiencia; 6. Hace suyas las conclusiones y recomendaciones que figuran en el informe de la Comisión Consultiva en Asuntos Administrativos y de Presupuesto 4, y pide al Secretario General que vele por su cabal aplicación; 7. Toma nota del informe del Secretario General sobre la ejecución financiera de la Misión correspondiente al período comprendido entre el 1° de julio de 2001 y el 30 de junio de 2002 1; 8. Decide que, en el caso de los Estados Miembros que hayan cumplido sus obligaciones financieras con la Misión, se les acrediten las partes que les correspondan del saldo no comprometido y otros ingresos, que ascienden a un total de 15.020.400 dólares en relación con el ejercicio económico terminado el 30 de junio de 2002, de conformidad con los niveles establecidos en su resolución 55/235, con los ajustes hechos en sus resoluciones 55/236, de 23 de diciembre de 2000, y 57/290 A, de 20 de diciembre de 2002, y teniendo en cuenta la escala de cuotas para el año 2002, que figura en sus resoluciones 55/5 B, de 23 de diciembre de 2000, y 57/4 B, de 20 de diciembre de 2002; 9. Decide también que, en el caso de los Estados Miembros que no hayan cumplido sus obligaciones financieras con la Misión, se deduzcan de sus obligaciones pendientes de pago las partes que les correspondan del saldo no comprometido y otros ingresos que ascienden a un total de 15.020.400 dólares en relación con el ejercicio económico terminado el 30 de junio de 2002, de conformidad con las modalidades previstas en el párrafo 8 supra; _______________ 4 2 Véase A/57/773.

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