A/RES/69/168
Naciones Unidas
Distr. general
12 de febrero de 2015
Asamblea General
Sexagésimo noveno período de sesiones
Tema 68 b) del programa
Resolución aprobada por la Asamblea General el 18 de diciembre de 2014
[sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/69/488/Add.2 y Corr.1)]
69/168. El papel de los ombudsman, mediadores y demás
instituciones nacionales de derechos humanos en la
promoción y protección de los derechos humanos
La Asamblea General,
Reafirmando su compromiso con los propósitos y principios de la Carta de las
Naciones Unidas y la Declaración Universal de Derechos Humanos1,
Recordando la Declaración y Programa de Acción de Viena, aprobados por la
Conferencia Mundial de Derechos Humanos el 25 de junio de 19932, en los que la
Conferencia reafirmó el importante y constructivo papel que desempeñan las
instituciones nacionales en la promoción y la protección de los derechos humanos,
Reafirmando sus resoluciones 65/207, de 21 de diciembre de 2010, y 67/163,
de 20 de diciembre de 2012, relativas al papel de los ombudsman, mediadores y
demás instituciones nacionales de derechos humanos en la promoción y protección
de los derechos humanos,
Recordando los principios relativos al estatuto de las instituciones nacionales
de promoción y protección de los derechos humanos (Principios de París), que
acogió con agrado en su resolución 48/134, de 20 de diciembre de 1993, y que
figuran en el anexo de dicha resolución,
Reafirmando sus resoluciones anteriores relativas a las instituciones nacionales
de promoción y protección de los derechos humanos, en particular las resoluciones
66/169, de 19 de diciembre de 2011, y 68/171, de 18 de diciembre de 2013, así
como las resoluciones del Consejo de Derechos Humanos 23/17, de 13 de junio
de 20133, y 27/18, de 25 de septiembre de 20144,
_______________
1
Resolución 217 A (III).
A/CONF.157/24 (Part I), cap. III.
3
Véase Documentos Oficiales de la Asamblea General, sexagésimo octavo período de sesiones,
Suplemento núm. 53 (A/68/53), cap. V, secc. A.
4
Ibid., sexagésimo noveno período de sesiones, Suplemento núm. 53A y corrección (A/69/53/Add.1 y
Corr.1), cap. IV, secc. A.
2
14-67644 (S)
*1467644*
Se ruega reciclar