A/RES/69/168 Naciones Unidas Distr. general 12 de febrero de 2015 Asamblea General Sexagésimo noveno período de sesiones Tema 68 b) del programa Resolución aprobada por la Asamblea General el 18 de diciembre de 2014 [sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/69/488/Add.2 y Corr.1)] 69/168. El papel de los ombudsman, mediadores y demás instituciones nacionales de derechos humanos en la promoción y protección de los derechos humanos La Asamblea General, Reafirmando su compromiso con los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas y la Declaración Universal de Derechos Humanos1, Recordando la Declaración y Programa de Acción de Viena, aprobados por la Conferencia Mundial de Derechos Humanos el 25 de junio de 19932, en los que la Conferencia reafirmó el importante y constructivo papel que desempeñan las instituciones nacionales en la promoción y la protección de los derechos humanos, Reafirmando sus resoluciones 65/207, de 21 de diciembre de 2010, y 67/163, de 20 de diciembre de 2012, relativas al papel de los ombudsman, mediadores y demás instituciones nacionales de derechos humanos en la promoción y protección de los derechos humanos, Recordando los principios relativos al estatuto de las instituciones nacionales de promoción y protección de los derechos humanos (Principios de París), que acogió con agrado en su resolución 48/134, de 20 de diciembre de 1993, y que figuran en el anexo de dicha resolución, Reafirmando sus resoluciones anteriores relativas a las instituciones nacionales de promoción y protección de los derechos humanos, en particular las resoluciones 66/169, de 19 de diciembre de 2011, y 68/171, de 18 de diciembre de 2013, así como las resoluciones del Consejo de Derechos Humanos 23/17, de 13 de junio de 20133, y 27/18, de 25 de septiembre de 20144, _______________ 1 Resolución 217 A (III). A/CONF.157/24 (Part I), cap. III. 3 Véase Documentos Oficiales de la Asamblea General, sexagésimo octavo período de sesiones, Suplemento núm. 53 (A/68/53), cap. V, secc. A. 4 Ibid., sexagésimo noveno período de sesiones, Suplemento núm. 53A y corrección (A/69/53/Add.1 y Corr.1), cap. IV, secc. A. 2 14-67644 (S) *1467644* Se ruega reciclar

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