A/RES/49/214
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b)
Realicen proyectos especiales por los cauces apropiados y en
colaboración con poblaciones indígenas, para afianzar sus iniciativas de base
comunitaria y para facilitar el intercambio de información y conocimientos
técnicos entre indígenas y otros expertos pertinentes;
c)
Designen encargados de coordinar con el Centro de Derechos Humanos
actividades relacionadas con el Decenio;
19.
Alienta a los gobiernos a que apoyen el Decenio mediante:
a)
La aportación de contribuciones al Fondo de Contribuciones
Voluntarias de las Naciones Unidas para el Decenio;
b)
La preparación, en consulta con poblaciones indígenas de
programas, planes e informes relativos al Decenio;
c)
La búsqueda, en consulta con las poblaciones indígenas, de medios
de dar a éstas más responsabilidad en cuanto a sus propios asuntos y una voz
efectiva en la adopción de decisiones sobre cuestiones que les atañan;
d)
El establecimiento de comités u otros mecanismos nacionales en que
participen las poblaciones indígenas para que los objetivos y actividades del
Decenio se planifiquen y ejecuten sobre la base de una plena asociación con
esas poblaciones;
20.
Encarece asimismo a los gobiernos que consideren la aportación de
contribuciones, según corresponda, al Fondo para el Desarrollo de las
Poblaciones Indígenas de América Latina y el Caribe, para apoyar el logro de
los objetivos del Decenio;
21.
Hace un llamamiento a los gobiernos y organizaciones
intergubernamentales y no gubernamentales para que apoyen el Decenio
destinando recursos a actividades que tengan por objeto alcanzar los objetivos
del Decenio en colaboración con las poblaciones indígenas;
22.
Decide incluir en el programa provisional de su quincuagésimo
período de sesiones el tema titulado "Programa de actividades del Decenio
Internacional de las Poblaciones Indígenas del Mundo".
94a. sesión plenaria
23 de diciembre de 1994