A/RES/51/241
Página 13
comunicaciones dirigidas a él y su personal que serían aceptables en relación
con los nombramientos.
83.
Atendiendo a lo dispuesto en el Artículo 101 de la Carta, en las
directrices sobre intereses financieros que proporcione la Secretaría a los
funcionarios deberá incluirse el requisito de que todas las personas que
ocupen puestos administrativos de categoría superior revelen determinados
datos financieros en el momento de su nombramiento y con determinada
periodicidad a partir de entonces. Esas declaraciones financieras se
tramitarían confidencialmente.