A/RES/51/241 Página 2 4. Pide también al Secretario General que le presente en su quincuagésimo segundo período de sesiones un informe sobre la aplicación de la presente resolución; 5. Invita a otros órganos principales, a los organismos especializados y a otros órganos del sistema de las Naciones Unidas a que, según proceda, pongan en práctica las medidas para consolidar el sistema que se indican en el texto y que correspondan a sus respectivos ámbitos de competencia; 6. Decide que el Grupo de Trabajo de alto nivel y composición abierta sobre el fortalecimiento del sistema de las Naciones Unidas ha finalizado la labor que le fue encomendada en la resolución 49/252. 105a. sesión plenaria 31 de julio de 1997 ANEXO I. PROPÓSITO 1. El Grupo de Trabajo de alto nivel y composición abierta sobre el fortalecimiento del sistema de las Naciones Unidas ha emprendido su labor sobre la base de que su mandato en relación con el fortalecimiento del sistema de las Naciones Unidas, derivado de la resolución 49/252 de la Asamblea General, de 14 de septiembre de 1995, consiste en hacer todo lo posible para que la Organización esté en mejores condiciones de cumplir los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas y de atender a las aspiraciones de sus Miembros. Se ha centrado en la mejora de la capacidad de la Asamblea General para cumplir con eficacia sus funciones y ejercer sus atribuciones y la de la Secretaría para llevar a cabo con eficacia y eficiencia los mandatos dimanados de los procesos intergubernamentales con la necesaria transparencia y una atribución clara de responsabilidades. 2. El Grupo de Trabajo ha partido del supuesto de que se seguirán proporcionando recursos suficientes para mantener el sistema de las Naciones Unidas. No ha considerado que su tarea consistiera en dar respuesta a la actual crisis financiera, que está examinando el Grupo de Trabajo de alto nivel y composición abierta encargado de examinar la situación financiera de las Naciones Unidas. También se ha basado en la hipótesis de que los recursos de la Secretaría que se liberen de resultas de las medidas de fortalecimiento propuestas por el Grupo de Trabajo se reasignarán con arreglo a las prioridades que fije la Asamblea General, en particular a las esferas económica y social. II. MEMORIA DEL SECRETARIO GENERAL SOBRE LA LABOR DE LA ORGANIZACIÓN 3. La memoria del Secretario General sobre la labor de la Organización debería estar disponible a más tardar treinta días antes de la apertura del período ordinario de sesiones de la Asamblea General en todos los idiomas oficiales de la Organización para dar tiempo a que se examine debidamente. /...

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