A/RES/48/41
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Recordando sus resoluciones pertinentes, incluida la resolución 2443
(XXIII), de 19 de diciembre de 1968, y las resoluciones pertinentes de la
Comisión de Derechos Humanos,
Recordando asimismo las resoluciones pertinentes del Consejo de
Seguridad,
Teniendo presente el levantamiento (intifada) del pueblo palestino,
Convencida de que la ocupación constituye en sí una violación
fundamental de los derechos humanos,
Habiendo examinado
investigar las prácticas
pueblo palestino y otros
los informes pertinentes
los informes del Comité Especial encargado de
israelíes que afecten a los derechos humanos del
habitantes árabes de los territorios ocupados 4/, y
del Secretario General 5/,
Tomando nota de la firma, el 13 de septiembre de 1993 en Washington, por
el Gobierno del Estado de Israel y la Organización de Liberación de Palestina,
de la Declaración de Principios sobre las Disposiciones Relacionadas con un
Gobierno Autónomo Provisional, incluidos sus Anexos y sus Actas Convenidas 6/,
1.
Encomia al Comité Especial encargado de investigar las prácticas
israelíes que afecten a los derechos humanos del pueblo palestino y otros
habitantes árabes de los territorios ocupados por su tesón y constancia en el
desempeño de las tareas que le confió la Asamblea, así como por su
imparcialidad;
2.
Exige que Israel coopere con el Comité Especial en el cumplimiento
de su mandato;
3.
Deplora las políticas y prácticas de Israel que violan los
derechos humanos del pueblo palestino y otros habitantes árabes de los
territorios ocupados, como lo describen los informes del Comité Especial
correspondientes a este período 4/;
4.
Expresa la esperanza de que, en vista de los recientes
acontecimientos políticos positivos, se ponga fin de inmediato a esas
políticas y prácticas;
5.
Pide al Comité Especial que, a la espera de la pronta terminación
de la ocupación israelí, continúe investigando las políticas y prácticas
israelíes en el territorio palestino ocupado, incluida Jerusalén, y en los
demás territorios árabes ocupados por Israel desde 1967, celebre consultas,
según proceda, con el Comité Internacional de la Cruz Roja, con arreglo a su
reglamentación, a fin de velar por que se salvaguarden el bienestar y los
__________
4/
A/48/96, A/48/278 y A/48/557.
5/
A/48/537 a A/48/543.
6/
A/48/486-S/26560, anexo.
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