A/RES/48/41 Página 4 Considerando que la promoción del respeto de las obligaciones dimanadas de la Carta de las Naciones Unidas y de otros instrumentos y normas de derecho internacional es uno de los propósitos y principios básicos de las Naciones Unidas, Destacando que Israel, la Potencia ocupante, debe cumplir estrictamente con sus obligaciones de conformidad con el derecho internacional, 1. Reafirma que el Convenio de Ginebra relativo a la protección de personas civiles en tiempo de guerra, de 12 de agosto de 1949 1/ es aplicable al territorio palestino ocupado, incluida Jerusalén, y a los demás territorios árabes ocupados por Israel desde 1967; 2. Exige que Israel acepte la aplicabilidad de jure del Convenio en el territorio palestino ocupado, incluida Jerusalén, y en los demás territorios árabes ocupados por Israel desde 1967, y que cumpla escrupulosamente las disposiciones del Convenio; 3. Exhorta a todos los Estados partes en el citado Convenio a que, de conformidad con el artículo 1, común a los cuatro Convenios de Ginebra 7/, hagan cuanto esté a su alcance para garantizar el respeto de sus disposiciones por Israel, la Potencia ocupante, en el territorio palestino ocupado, incluida Jerusalén, y en los demás territorios árabes ocupados por Israel desde 1967; 4. Pide al Secretario General que le presente en su cuadragésimo noveno período de sesiones un informe sobre la aplicación de la presente resolución. 75a sesión plenaria 10 de diciembre de 1993 C La Asamblea General, Teniendo presentes las resoluciones pertinentes del Consejo de Seguridad, Recordando sus resoluciones pertinentes y las resoluciones de la Comisión de Derechos Humanos, Consciente de la responsabilidad de la comunidad internacional de promover los derechos humanos y garantizar el respeto del derecho internacional, Reafirmando el principio de la inadmisibilidad de la adquisición de territorio por la fuerza, Profundamente preocupada por las violaciones de los derechos humanos del pueblo palestino, según figura en los informes del Comité Especial encargado de investigar las prácticas israelíes que afecten a los derechos humanos del pueblo palestino y otros habitantes árabes de los territorios ocupados 4/, especialmente en la esfera de los castigos colectivos, la clausura de zonas, la anexión, los asentamientos y las deportaciones en masa, __________ 7/ Naciones Unidas, Recueil des Traités, vol. 75, Nos. 970 a 973. /...

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