A/RES/56/25
voluntarias al Fondo Fiduciario, a fin de impulsar el programa de trabajo del Comité
Consultivo Permanente;
14. Pide al Secretario General que continúe proporcionando asistencia a los
Estados miembros del Comité Consultivo Permanente para que puedan seguir
llevando a cabo sus actividades;
15. Pide también al Secretario General que le presente, en su quincuagésimo
séptimo período de sesiones, un informe sobre la aplicación de la presente resolución;
16. Decide incluir en el programa provisional de su quincuagésimo séptimo
período de sesiones el tema titulado “Medidas de fomento de la confianza en el
plano regional: actividades del Comité Consultivo Permanente de las Naciones
Unidas encargado de las cuestiones de seguridad en el África central”.
68ª sesión plenaria
29 de noviembre de 2001
B
C ONVENCIÓN SOBRE LA P ROHIBICIÓN DE LA U TILIZACIÓN DE A RMAS N UCLEARES
La Asamblea General,
Convencida de que la utilización de armas nucleares constituye la mayor
amenaza para la supervivencia de la humanidad,
Teniendo presente la opinión consultiva de la Corte Internacional de Justicia,
de 8 de julio de 1996, sobre la Legalidad de la amenaza o el empleo de armas
nucleares 6,
Convencida de que un acuerdo multilateral, universal y vinculante que prohíba
la utilización o la amenaza de la utilización de armas nucleares contribuiría a
eliminar la amenaza nuclear y a crear un clima propicio para la celebración de
negociaciones conducentes a la eliminación definitiva de las armas nucleares,
fortaleciendo así la paz y la seguridad internacionales,
Consciente de que algunas medidas adoptadas por los Estados Unidos de
América y la Federación de Rusia para reducir sus armas nucleares y mejorar el
clima internacional pueden contribuir al logro del objetivo de la eliminación total de
las armas nucleares,
Recordando que en el párrafo 58 del Documento Final del décimo período
extraordinario de sesiones de la Asamblea General 7 se declara que todos los Estados
deberían participar activamente en los esfuerzos por crear, en las relaciones
internacionales entre Estados, condiciones en que se pueda convenir en un código de
conducta pacífica de las naciones en los asuntos internacionales y que excluyan la
utilización o la amenaza de la utilización de armas nucleares,
Reafirmando que toda utilización de armas nucleares constituiría una violación
de la Carta de las Naciones Unidas y un crimen de lesa humanidad, como declaró en
sus resoluciones 1653 (XVI), de 24 de noviembre de 1961, 33/71 B, de 14 de
_______________
6
A/51/218, anexo; véase también Legality of the Threat or Use of Nuclear Weapons, Advisory Opinion,
ICJ Reports 1996, pág. 226.
7
Resolución S-10/2.
4
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