A/RES/56/25 44/117 F, de 15 de diciembre de 1989, relativas a los centros regionales para la paz y el desarme en Nepal, el Perú y el Togo, Reconociendo que las transformaciones que han tenido lugar en el mundo ofrecen nuevas oportunidades y plantean nuevos problemas para lograr el desarme, y teniendo presente, en este sentido, que los centros regionales para la paz y el desarme pueden contribuir considerablemente a lograr el entendimiento y la cooperación entre los Estados de cada región en los ámbitos de la paz, el desarme y el desarrollo, Señalando que en el párrafo 146 del Documento Final de la Duodécima Conferencia de Jefes de Estado o de Gobierno de los Países No Alineados, que se celebró en Durban (Sudáfrica) del 29 de agosto al 3 de septiembre de 1998, los Jefes de Estado o de Gobierno acogieron con beneplácito la decisión que había adoptado la Asamblea General de mantener y revitalizar los tres centros regionales para la paz y el desarme en Nepal, el Perú y el Togo 12, 1. Reitera la importancia de las actividades que desarrollan las Naciones Unidas en el plano regional para aumentar la estabilidad y la seguridad de sus Estados Miembros, las cuales podrían promoverse en grado considerable manteniendo y revitalizando los tres centros regionales para la paz y el desarme; 2. Reafirma que, para lograr resultados positivos, conviene que los tres centros regionales ejecuten programas de difusión y educación destinados a promover la paz y la seguridad regionales, con miras a modificar ciertas actitudes fundamentales relativas a la paz y la seguridad y al desarme y, de esa forma, contribuir a que se cumplan los propósitos y principios de las Naciones Unidas; 3. Hace un llamamiento a los Estados Miembros de cada región y a cuantos estén en condiciones de responder a él, así como a las organizaciones gubernamentales y no gubernamentales internacionales y a las fundaciones, para que aporten contribuciones voluntarias a los centros regionales de sus respectivas regiones, a fin de reforzar los programas de actividades de los centros y la ejecución de esos programas; 4. Pide al Secretario General que, sin rebasar los límites de los recursos existentes, brinde todo el apoyo necesario a los centros regionales para que éstos puedan ejecutar sus programas de actividades; 5. Decide incluir en el programa provisional de su quincuagésimo séptimo período de sesiones el tema titulado “Centros regionales de las Naciones Unidas para la paz y el desarme”. 68ª sesión plenaria 29 de noviembre de 2001 _______________ 12 6 A/53/667-S/1998/1071, anexo I.

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