A/RES/76/5
Naciones Unidas
Asamblea General
Distr. general
16 de noviembre de 2021
Septuagésimo sexto período de sesiones
Tema 77 del programa
Informe de la Corte Penal Internacional
Resolución aprobada por la Asamblea General
el 11 de noviembre de 2021
[sin remisión previa a una Comisión Principal (A/76/L.7)]
76/5.
Informe de la Corte Penal Internacional
La Asamblea General,
Recordando su resolución 75/3, de 2 de noviembre de 2020, y todas sus
resoluciones anteriores pertinentes,
Recordando también que en el Estatuto de Roma de la Corte Penal
Internacional 1 se reafirman los propósitos y principios de la Carta de las Naciones
Unidas,
Reconociendo a la Corte Penal Internacional como institución judicial
independiente de carácter permanente y, a este respecto, que las Naciones Unidas y
la Corte respetan mutuamente su condición y su mandato respectivos,
Reiterando la importancia histórica que tiene la aprobación del Estatuto de
Roma,
Poniendo de relieve que la justicia, especialmente la justicia de transición en las
sociedades en situaciones de conflicto y posteriores a un conflicto, es un componente
fundamental de la paz sostenible,
Convencida de que poner fin a la impunidad es esencial para afrontar todos los
crímenes cometidos en el pasado y evitar que se repitan en el futuro,
Reconociendo que la Corte Penal Internacional ha realizado avances
considerables en la investigación y la tramitación judicial de diversos casos y
situaciones que le han remitido los Estados partes en el Estatuto de Roma y el Consejo
de Seguridad y que ha iniciado motu proprio la Fiscalía de la Corte, conforme a lo
dispuesto en el Estatuto de Roma,
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1
21-16764 (S)
Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 2187, núm. 38544.
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