Inclusión plena y positiva de las personas con discapacidad en todos los aspectos de la sociedad y papel de liderazgo que corresponde en ello a las Naciones Unidas (1994), para. 22
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b) Asegurar la coordinación efectiva y la racionalización de los esfuerzos por atender a las necesidades de las personas con discapacidad -mediante la formulación de políticas, la defensa de los derechos de esas personas y el enlace- entre todos los organismos y órganos del sistema de las Naciones Unidas, en particular la Organización Internacional del Trabajo, la Organización Mundial de la Salud, la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo y el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia;