A/RES/60/283
2.
Aprueba los recursos solicitados para hacer posible que el Secretario
General inicie la aplicación de las Normas Internacionales de Contabilidad del
Sector Público, teniendo presente el párrafo 42 del informe de la Comisión
Consultiva2;
Fondo de Operaciones
3.
Recuerda su resolución 60/250, de 23 de diciembre de 2005;
4.
Resuelve que el Fondo de Operaciones para el bienio 2006-2007 se
aumente a 150 millones de dólares, con efecto a partir del 1° de enero de 2007;
5.
Resuelve también que todos los Estados Miembros efectúen anticipos al
Fondo de Operaciones con arreglo a la escala de cuotas que aprobará la Asamblea
General para el presupuesto ordinario correspondiente al año 2007;
6.
Resuelve además que de estos anticipos se deduzcan:
a) El saldo excedente del presupuesto por programas para el bienio
2004-2005;
b) Los anticipos en efectivo efectuados por los Estados Miembros al Fondo
de Operaciones para el bienio 2006-2007 de conformidad con la resolución 60/250
de la Asamblea General;
V
Mejora de los mecanismos de presentación de informes:
acceso del público a la documentación
de las Naciones Unidas
Informe anual general
1.
Hace hincapié en la importancia de proporcionar a los Estados Miembros
la información que necesitan para poder adoptar decisiones con conocimiento de
causa;
Reafirma que todos los informes sobre cuestiones administrativas y
2.
presupuestarias deben ser examinados por la Quinta Comisión, que es la Comisión
Principal de la Asamblea General responsable de esas cuestiones;
Toma nota de la intención del Secretario General de presentar un único
3.
informe anual general que incluya la información financiera y la relativa a los
programas, a fin de aumentar la transparencia de la Organización y mejorar la
rendición de cuentas de la Secretaría a los Estados Miembros;
Hace hincapié en que el informe se prepararía en el contexto de los
4.
párrafos 68 y 69 del informe de la Comisión Consultiva en Asuntos Administrativos
y de Presupuesto2, teniendo presente el párrafo 2 supra;
5.
Hace hincapié también en que el informe sería de carácter
complementario y no sustituiría a la memoria del Secretario General sobre la labor
de la Organización exigida en el Artículo 98 de la Carta de las Naciones Unidas ni a
los informes que se someten al examen de la Quinta Comisión;
Acceso del público
6.
Toma nota de la propuesta del Secretario General sobre la política de
acceso de los Estados Miembros y el público a la documentación de las Naciones
Unidas y también de las observaciones de la Comisión Consultiva con respecto a esa
6
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