A
NACIONES
UNIDAS
Asamblea General
Distr.
GENERAL
A/RES/50/3
23 de octubre de 1995
Quincuagésimo período de sesiones
Tema 157 del programa
RESOLUCIÓN APROBADA POR LA ASAMBLEA GENERAL
[sin remisión previa a una Comisión Principal (A/50/L.4 y Add.1)]
50/3. Cooperación entre las Naciones Unidas y el
Organismo de Cooperación Cultural y Técnica
La Asamblea General,
Recordando su resolución 33/18, de 10 de noviembre de 1978, por la cual
otorgó la condición de observador al Organismo de Cooperación Cultural y
Técnica,
Recordando también que uno de los propósitos de las Naciones Unidas es
realizar la cooperación internacional en la solución de problemas
internacionales, especialmente de carácter económico, social y cultural,
Recordando además que la Carta de las Naciones Unidas prevé la
existencia de acuerdos u organismos regionales cuyos objetivos y actividades
sean compatibles con los propósitos y principios de las Naciones Unidas,
Tomando nota con reconocimiento de la voluntad expresada por los Jefes
de Estado y de Gobierno de los países que comparten el uso del idioma francés,
en ocasión de su quinta Conferencia en la Cumbre, celebrada en Grand-Baie
(Mauricio), del 16 al 18 de octubre de 1993, de contribuir activamente a la
solución de los grandes problemas políticos y económicos del mundo actual y de
establecer una nueva asociación con el conjunto de organizaciones que integran
el sistema de las Naciones Unidas,
Considerando que el Organismo de Cooperación Cultural y Técnica agrupa a
un gran número de Estados Miembros de las Naciones Unidas que comparten el uso
del idioma francés, entre los cuales desarrolla la cooperación multilateral en
esferas de interés para las Naciones Unidas,
Convencida de la necesidad de coordinar el empleo de los recursos
disponibles para contribuir a los fines comunes de ambas organizaciones,
95-25643
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