A/RES/55/122 cuestiones espaciales, que contribuyen a la cooperación internacional en la materia, y la importancia de que esa cooperación continúe, Convencida de la importancia que revisten las recomendaciones de la resolución “El milenio espacial: La Declaración de Viena sobre el Espacio y el desarrollo humano”, aprobadas por la Tercera Conferencia de las Naciones Unidas sobre la Exploración y Utilización del Espacio Ultraterrestre con Fines Pacíficos (UNISPACE III), celebrada en Viena del 19 al 30 de julio de 1999 1; Tomando nota del informe del Secretario General sobre la aplicación de las recomendaciones de UNISPACE III 2, Convencida de que la utilización de la ciencia y la tecnología espaciales y sus aplicaciones en esferas tales como la telemedicina, la teleenseñanza y la observación de la Tierra contribuye al logro de los objetivos de las conferencias mundiales de las Naciones Unidas relativos a diversos aspectos del desarrollo económico, social y cultural, Habiendo examinado el informe de la Comisión sobre la Utilización del Espacio Ultraterrestre con Fines Pacíficos sobre la labor realizada en su 43° período de sesiones 3, 1. Hace suyo el informe de la Comisión sobre la Utilización del Espacio Ultraterrestre con Fines Pacíficos sobre la labor realizada en su 43° período de sesiones3 ; 2. Alienta a los Estados que aún no sean partes en los tratados internacionales que rigen la utilización del espacio ultraterrestre 4 a que consideren la posibilidad de ratificarlos o de adherirse a ellos; 3. Observa que, en su 39° período de sesiones, la Subcomisión de Asuntos Jurídicos de la Comisión sobre la Utilización del Espacio Ultraterrestre con Fines Pacíficos continuó su labor con arreglo a lo dispuesto por la Asamblea General en su resolución 54/67 5; 4. Toma nota con satisfacción del acuerdo al que llegó la Subcomisión de Asuntos Jurídicos sobre la cuestión del carácter y utilización de la órbita geoestacionaria, y de la posterior aprobación de ese acuerdo por la Comisión 6; 1 Informe de la Tercera Conferencia de las Naciones Unidas sobre la Exploración y Utilización del Espacio Ultraterrestre con Fines Pacíficos, Viena, 19 a 30 de julio de 1999 (publicación de las Naciones Unidas, número de venta: S.00.I.3), cap. I, resolución 1. 2 A/55/153. 3 Documentos Oficiales de la Asamblea General, quincuagésimo quinto período de sesiones, Suplemento No. 20 (A/55/20). 4 Tratado sobre los principios que deben regir las actividades de los Estados en la exploración y utilización del espacio ultraterrestre, incluso la Luna y otros cuerpos celestes [resolución 2222 (XXI), anexo]; Acuerdo sobre el salvamento y la devolución de astronautas y la restitución de objetos lanzados al espacio ultraterrestre [resolución 2345 (XXII), anexo]; Convenio sobre la responsabilidad internacional por daños causados por objetos espaciales [resolución 2777 (XXVI), anexo]; Convenio sobre el registro de objetos lanzados al espacio ultraterrestre [resolución 3235 (XXIX), anexo]; y Acuerdo que debe regir las actividades de los Estados en la Luna y otros cuerpos celestes (resolución 34/68, anexo). 5 Véase Documentos Oficiales de la Asamblea General, quincuagésimo quinto período de sesiones, Suplemento No. 20 (A/55/20), cap. II.C. 6 Ibíd., párr. 129, y A/AC.105/738, anexo III. 2

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