A/RES/55/122
cuestiones espaciales, que contribuyen a la cooperación internacional en la materia,
y la importancia de que esa cooperación continúe,
Convencida de la importancia que revisten las recomendaciones de la
resolución “El milenio espacial: La Declaración de Viena sobre el Espacio y el
desarrollo humano”, aprobadas por la Tercera Conferencia de las Naciones Unidas
sobre la Exploración y Utilización del Espacio Ultraterrestre con Fines Pacíficos
(UNISPACE III), celebrada en Viena del 19 al 30 de julio de 1999 1;
Tomando nota del informe del Secretario General sobre la aplicación de las
recomendaciones de UNISPACE III 2,
Convencida de que la utilización de la ciencia y la tecnología espaciales y sus
aplicaciones en esferas tales como la telemedicina, la teleenseñanza y la observación
de la Tierra contribuye al logro de los objetivos de las conferencias mundiales de las
Naciones Unidas relativos a diversos aspectos del desarrollo económico, social y
cultural,
Habiendo examinado el informe de la Comisión sobre la Utilización del
Espacio Ultraterrestre con Fines Pacíficos sobre la labor realizada en su 43° período
de sesiones 3,
1.
Hace suyo el informe de la Comisión sobre la Utilización del
Espacio Ultraterrestre con Fines Pacíficos sobre la labor realizada en su 43° período
de sesiones3 ;
2.
Alienta a los Estados que aún no sean partes en los tratados
internacionales que rigen la utilización del espacio ultraterrestre 4 a que consideren la
posibilidad de ratificarlos o de adherirse a ellos;
3.
Observa que, en su 39° período de sesiones, la Subcomisión de Asuntos
Jurídicos de la Comisión sobre la Utilización del Espacio Ultraterrestre con Fines
Pacíficos continuó su labor con arreglo a lo dispuesto por la Asamblea General en su
resolución 54/67 5;
4.
Toma nota con satisfacción del acuerdo al que llegó la Subcomisión de
Asuntos Jurídicos sobre la cuestión del carácter y utilización de la órbita
geoestacionaria, y de la posterior aprobación de ese acuerdo por la Comisión 6;
1
Informe de la Tercera Conferencia de las Naciones Unidas sobre la Exploración y Utilización del
Espacio Ultraterrestre con Fines Pacíficos, Viena, 19 a 30 de julio de 1999 (publicación de las Naciones
Unidas, número de venta: S.00.I.3), cap. I, resolución 1.
2
A/55/153.
3
Documentos Oficiales de la Asamblea General, quincuagésimo quinto período de sesiones, Suplemento
No. 20 (A/55/20).
4
Tratado sobre los principios que deben regir las actividades de los Estados en la exploración y utilización
del espacio ultraterrestre, incluso la Luna y otros cuerpos celestes [resolución 2222 (XXI), anexo];
Acuerdo sobre el salvamento y la devolución de astronautas y la restitución de objetos lanzados al espacio
ultraterrestre [resolución 2345 (XXII), anexo]; Convenio sobre la responsabilidad internacional por daños
causados por objetos espaciales [resolución 2777 (XXVI), anexo]; Convenio sobre el registro de objetos
lanzados al espacio ultraterrestre [resolución 3235 (XXIX), anexo]; y Acuerdo que debe regir las
actividades de los Estados en la Luna y otros cuerpos celestes (resolución 34/68, anexo).
5
Véase Documentos Oficiales de la Asamblea General, quincuagésimo quinto período de sesiones,
Suplemento No. 20 (A/55/20), cap. II.C.
6
Ibíd., párr. 129, y A/AC.105/738, anexo III.
2