Protección de los migrantes (2020), para. 28
Párrafo- Original document
- Paragraph text
Destacando la obligación de los Estados de proteger los derechos humanos de los migrantes independientemente de su estatus migratorio, incluso al aplicar sus políticas específicas en materia de migración y seguridad fronteriza, y expresando su preocupación por las medidas que, particularmente en el contexto de las políticas encaminadas a reducir la migración irregular, tratan a esta como delito y no como falta administrativa, con la consiguiente denegación del pleno disfrute de los derechos humanos y las libertades fundamentales de los migrantes, y recordando, a este respecto, que las sanciones que se impongan a los migrantes irregulares y el trato que se les dispense deben guardar proporción con las faltas que hayan cometido,
- Document body
- Asamblea general de las Naciones Unidas
- Temas
- Gobernanza y imperio de la ley
- Moviemiento
- Personas afectadas
- Personas en movimiento
- Document year
- 2020
- Paragraph number
- 28
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