A/RES/70/300
Naciones Unidas
Asamblea General
Distr. general
15 de septiembre de 2016
Septuagésimo período de sesiones
Tema 14 del programa
Resolución aprobada por la Asamblea General el 9 de septiembre de 2016
[sin remisión previa a una Comisión Principal (A/70/L.62 y Add.1)]
70/300. Consolidación de los logros y aceleración de la labor
destinada a combatir y erradicar la malaria en los países
en desarrollo, en particular en África, para 2030
La Asamblea General,
Reafirmando la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible 1, incluida la
determinación de los Estados Miembros de eliminar la malaria para 2030, y la
Agenda de Acción de Addis Abeba de la Tercera Conferencia Internacional sobre la
Financiación para el Desarrollo 2,
Recordando que declaró el período 2001-2010 Decenio para Lograr la
Regresión de la Malaria en los Países en Desarrollo, en Particular en África 3, y que
la lucha contra el VIH/SIDA, la malaria, la tuberculosis y otras enfermedades figura
entre los objetivos de desarrollo convenidos internacionalmente, incluidos los
Objetivos de Desarrollo del Milenio,
Recordando también su resolución 69/325, de 11 de septiembre de 2015, y
todas las resoluciones anteriores relativas a la lucha contra la malaria en los países
en desarrollo, en particular en África,
Recordando además las resoluciones de la Asamblea Mundial de la Salud
60.18, de 23 de mayo de 2007, y 64.17, de 24 de mayo de 2011, en que se instaba a
realizar una variada gama de acciones nacionales e internacionales para ampliar los
programas de lucha contra la malaria 4, la resolución 61.18, de 24 de mayo de 2008,
relativa al monitoreo de los progresos realizados hacia el logro de los Objetivos de
Desarrollo del Milenio relacionados con la salud 5, y la resolución 68.2, de 22 de
mayo de 2015, relativa a la estrategia y metas técnicas mundiales contra la malaria
2016-2030 6,
_______________
1
Resolución 70/1.
Resolución 69/313, anexo.
3
Resolución 55/284.
4
Véase Organización Mundial de la Salud, documentos WHASS1/2006-WHA60/2007/REC/1 y
WHA64/2011/REC/1.
5
Véase Organización Mundial de la Salud, documento WHA61/2008/REC/1.
6
Véase Organización Mundial de la Salud, documento WHA68/2015/REC/1.
2
15-17054 (S)
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