A/RES/77/268 Educación para la democracia Humanos 6, recordando también las resoluciones del Consejo de Derechos Humanos 39/3, de 27 de septiembre de 2018 7, y 42/7, de 26 de septiembre de 2019 8, relativas al Programa Mundial para la Educación en Derechos Humanos, y tomando nota con aprecio del plan de acción para la cuarta etapa (2020-2024) del Programa Mundial 9, Tomando nota de la sección VII, titulada “Apoyo al programa de fomento de la ciudadanía mundial mediante la educación para la democracia”, de la resolución 1 aprobada el 20 de noviembre de 2013 por la Conferencia General de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura en su 37ª reunión 10, Recordando que los Objetivos de Desarrollo Sostenible y sus metas, que se recogen en la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible 11, son de carácter integrado e indivisible y conjugan las tres dimensiones del desarrollo sostenible, y reconociendo la importancia de adoptar medidas que garanticen una educación inclusiva y equitativa de calidad y promuevan oportunidades de aprendizaje permanente para todas las personas, incluidas más oportunidades para que todos los niños, en particular las niñas, tengan acceso a una educación de calidad, así como la necesidad de promover sociedades pacíficas e inclusivas para el desarrollo sostenible, facilitar el acceso a la justicia para todas las personas y construir a todos los niveles instituciones eficaces e inclusivas que rindan cuentas, Reconociendo la importancia de la igualdad de oportunidades para que los jóvenes, incluidas las mujeres jóvenes, formen parte de los procesos de adopción de decisiones y participen en todas las esferas de la vida, y reafirmando que el aprendizaje permanente es un medio indispensable para la participación efectiva en las sociedades y economías del conocimiento del siglo XXI y para la promoción de sociedades inclusivas y equitativas, Destacando que la educación, capacitación y aprendizaje en derechos humanos y la educación para la democracia se complementan y refuerzan mutuamente, Reafirmando que la democracia es un valor universal basado en la voluntad libremente expresada de los pueblos de determinar su propio sistema político, económico, social y cultural y su participación plena en todos los aspectos de su vida 12, Reconociendo que la educación para la democracia fomenta un alumnado responsable y activo capaz de contribuir efectivamente a la paz y la prosperidad dentro y fuera de sus sociedades, Reconociendo también el profundo y desproporcionado efecto negativo de la pandemia de enfermedad por coronavirus (COVID-19) en la igualdad de género y en la realización del derecho a la educación, profundamente preocupada porque los efectos desproporcionados conexos del cierre sin precedentes de las escuelas en todo el mundo, entre otras cosas en la igualdad de oportunidades de aprendizaje, han exacerbado las desigualdades que ya existían entre países y dentro de ellos, como las brechas digitales, y destacando la importancia de velar por que vuelvan a la escuela todos los niños y jóvenes que siguen sin asistir a ella a consecuencia de la pandemia, __________________ 6 7 8 9 10 11 12 2/6 Véase Documentos Oficiales de la Asamblea General, sexagésimo noveno período de sesiones, suplemento núm. 53A y correcciones (A/69/53/Add.1, A/69/53/Add.1/Corr.1 y A/69/53/Add.1/Corr.2), cap. IV, secc. A, resolución 27/12. Ibid., septuagésimo tercer período de sesiones, suplemento núm. 53A (A/73/53/Add.1), cap. III. Ibid., septuagésimo cuarto período de sesiones, suplemento núm. 53A (A/74/53/Add.1), cap. III. A/HRC/42/23. Véase Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la C ultura, Actas de la Conferencia General, 37ª reunión, París, 5 a 20 de noviembre de 2013, vol. 1 y correcciones, Resoluciones, secc. IV. Resolución 70/1. Resolución 60/1, párr. 135. 23-01160

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