E/CN.6/2024/L.3 reparación efectiva en los casos de incumplimiento; garantizar la seguridad de las mujeres en el lugar de trabajo; hacer frente a las múltiples consecuencias de la violencia y el acoso, considerando que la violencia contra las mujeres y las niñas es un obstáculo para la igualdad de género y el empoderamiento económico de las mujeres; y, en su caso, elaborar medidas para promover la reincorporación de las víctimas y supervivientes de la violencia al mercado de trabajo; r) Adoptar las medidas adecuadas para luchar contra la trata y crear conciencia pública sobre los riesgos de la trata de personas, incluidas mujeres y niñas, y los factores que las hacen a las mujeres y las niñas vulnerables a la trata, abordando todas las formas de violencia conexa, y desalentar, con miras a eliminarla, la demanda que fomenta toda forma de explotación, incluida la explotación sexual y el trabajo forzoso; s) Abstenerse de promulgar o aplicar medidas económicas, financieras o comerciales unilaterales que no se ajusten al derecho internacional o a la Carta de las Naciones Unidas y que dificulten la consecución plena del desarrollo económico y social, en particular en los países en desarrollo; t) Garantizar la participación y representación plena, igualitaria y significativa de las mujeres en diversas situaciones y condiciones en todas las esferas de la vida pública y a todos los niveles, así como su liderazgo en los procesos de adopción de decisiones, incluyendo la política económica, los procesos presupuestarios y financieros, las instituciones públicas y la formulación y aplicación de políticas de erradicación de la pobreza para acabar con los sesgos institucionales de género, y promover acciones de política económica y social a favor de los pobres que respeten plenamente los derechos humanos de todas las mujeres y niñas; u) Aceleren sus esfuerzos y proporcionar recursos suficientes para promover la participación plena, igualitaria y significativa de las mujeres en todos los órganos encargados de adoptar decisiones todos los niveles de gobierno, incluso mediante la eliminación de los estereotipos de género en los nombramientos y ascensos, el fomento de la capacidad de las mujeres como agentes del cambio y el empoderamiento para que participen activamente y en pie de igualdad en la formulación, aplicación, supervisión, evaluación y presentación de informes sobre políticas, estrategias y programas nacionales de desarrollo sostenible, erradicación de la pobreza y otros temas pertinentes; v) Promover la participación y el liderazgo plenos, igualitarios y significativos de las jóvenes y, en su caso, de las adolescentes, en los procesos de toma de decisiones en el contexto de la labor de hacer frente a la pobreza y fortalecer las instituciones y la financiación con una perspectiva de género, en particular enfrentando los obstáculos específicos de género, como todas las formas de violencia, incluida la violencia sexual y de género, el matrimonio infantil, precoz y forzado y el embarazo en la adolescencia, así como la distribución desigual del trabajo de cuidados no remunerado, que hace que las adolescentes mujeres salgan peor paradas que los adolescentes varones en los umbrales de pobreza más altos, a fin de promover el crecimiento sostenible y el empleo pleno y productivo y el trabajo decente para todas las jóvenes; w) Promover políticas de trabajo y de empleo que respeten las normas laborales internacionales pertinentes y garanticen la autonomía económica, la independencia y el empoderamiento de las mujeres, en particular fomentando su empleo pleno y productivo, promoviendo un salario mínimo adecuado, establec ido por ley o negociado, y la igualdad de remuneración por trabajo de igual valor, apoyando la transición del trabajo informal al formal en todos los sectores promoviendo la protección de la seguridad y la salud en el trabajo de los trabajadores, 18/31 24-05678

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