E/CN.6/2024/L.3 empoderamiento de las mujeres y las niñas en la educación y por medio de esta y de los entornos de aprendizaje seguros, saludables y estimulantes que permitan a todos los alumnos alcanzar su pleno potencial y bienestar físico, mental y emocional. 28. La Comisión expresa su preocupación por el ritmo desigual de desarrollo social y económico y de acceso a la educación dentro de los países y entre ellos, así como por las barreras estructurales y sistémicas que socavan la capacidad de las mujeres y las niñas para acceder de forma segura a una educación equitativa y de calidad y para dotarse de los conocimientos, la conciencia y las capacidades para su empoderamiento social y el empoderamiento económico de las mujeres, especialmente en los países en desarrollo, incluidos los países menos adelantados y los pequeños Estados insulares en desarrollo y los países africanos. 29. La Comisión reafirma que el derecho al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental es fundamental para la igualdad de género y el empoderamiento de las mujeres, incluido su empoderamiento económico y su participación y liderazgo plenos, igualitarios y significativos en la vida pública y privada. Reconoce que la provisión de servicios de agua, saneamiento, higiene, desechos y electricidad seguros es fundamental para conseguir la cobertura sanitaria universal, fortalecer la atención primaria de salud, mejorar la atención de calidad y reducir los gastos y las repercusiones de la propagación de la resistencia a los antimicrobianos. Le preocupa profundamente que en los últimos años se hayan estancado los progresos para reducir la mortalidad materna y que casi el 95 % de esas muertes se registre en países de ingreso bajo y mediano bajo. Reconoce también que las causas, experiencias y consecuencias de la pobreza pueden tener un efecto desproporcionado en las mujeres y las niñas y que estas pueden tener un acceso limitado o nulo a servicios sanitarios que estén disponibles y sean seguros, asequibles, accesibles, inclusivos y de calidad, incluidos los relacionados con la salud mental, la salud materna y neonatal y la gestión de la salud y la higiene menstruales, y subraya la necesidad de garantizar el acc eso universal a los servicios de salud sexual y reproductiva, incluidos los de planificación familiar, así como a la información y la educación al respecto. Reconoce asimismo que las mujeres con trastornos de salud física y mental son más vulnerables a experimentar violencia sexual y de género, y que la violencia es un factor de riesgo para los trastornos mentales, las enfermedades no transmisibles y las enfermedades crónicas. 30. La Comisión reconoce además que las mujeres y las niñas asumen una parte desproporcionada del trabajo doméstico y de cuidados no remunerado, lo cual limita la capacidad de las mujeres para participar en el mercado de trabajo y los procesos de adopción de decisiones y ocupar puestos de liderazgo y plantea importantes restricciones a la educación y la formación de las mujeres y las niñas, así como a las oportunidades económicas y las actividades empresariales de las mujeres, en particular en el contexto de la labor para hacer frente a la pobreza y fortalecer las instituciones y la financiación con una perspectiva de género. La Comisión destaca la necesidad de reconocer el trabajo doméstico y de cuidados no remunerado y de adoptar medidas para reducirlo, redistribuirlo y valorarlo promoviendo el reparto equitativo de las responsabilidades entre mujeres y hombres y entre niñas y niños en el hogar y asignando prioridad a, entre otras cosas, la infraestructura sostenible, las políticas de protección social y los servicios sociales accesibles, asequibles y de calidad, incluidos los de cuidados y guardería y las licencias de maternidad, de paternidad o parentales retribuidas. 31. La Comisión reconoce que las mujeres y las niñas, incluidas las adolescentes, experimentan a lo largo de su vida formas multidimensionales de pobreza, y con frecuencia tienen un acceso limitado a infraestructura crítica, como los servicios de agua, saneamiento y electricidad, lo cual, entre otras cosas, limita el tiempo que 8/31 24-05678

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