A/RES/70/148 Naciones Unidas Asamblea General Distr. general 25 de febrero de 2016 Septuagésimo período de sesiones Tema 72 b) del programa Resolución aprobada por la Asamblea General el 17 de diciembre de 2015 [sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/70/489/Add.2)] 70/148. Protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales en la lucha contra el terrorismo La Asamblea General, Reafirmando los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas, Reafirmando también la Declaración Universal de Derechos Humanos 1, Reafirmando además la Declaración y el Programa de Acción de Viena 2, Reafirmando la importancia fundamental de respetar todos los derechos humanos y las libertades fundamentales, así como el estado de derecho, incluso al responder al terrorismo y al temor del terrorismo, Reafirmando también que los Estados tienen la obligación de proteger todos los derechos humanos y las libertades fundamentales de todas las personas, Reafirmando además que el terrorismo no puede ni debe vincularse a ninguna religión, nacionalidad, civilización o grupo étnico, Reiterando que las medidas adoptadas contra el terrorismo en todos los niveles de conformidad con el derecho internacional, en particular el derecho de los derechos humanos, el derecho de los refugiados y el derecho humanitario, contribuyen de manera importante al funcionamiento de las instituciones democráticas y al mantenimiento de la paz y la seguridad y, por consiguiente, al pleno disfrute de los derechos humanos y las libertades fundamentales, y que es necesario continuar esta lucha, incluso mediante el fortalec imiento de la cooperación internacional y de la función de las Naciones Unidas a este respecto, Reafirmando su condena inequívoca de todos los actos, métodos y prácticas terroristas en todas sus formas y manifestaciones, dondequiera y por quienquiera que sean cometidos, e independientemente de su motivación, por ser criminales e injustificables, y renovando su compromiso de estrechar la cooperación internacional para prevenir y combatir el terrorismo, _______________ 1 2 Resolución 217 A (III). A/CONF.157/24 (Part I), cap. III. 15-16902 (S) *1516902*

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