Régimen común de las Naciones Unidas: informe de la Comisión de Administración Pública Internacional (2016), para. 50
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19. Decide que los funcionarios que son progenitores sin cónyuge y que proveen el sustento principal y continuo de sus hijos recibirán una prestación en relación con el primer hijo a cargo, con un monto equivalente al 6% de la remuneración neta, y que esa prestación deberá proporcionarse en lugar de la prestación por hijo a cargo;